Resolución N° 762/2013
Fecha de disposición | 05 Julio 2013 |
Fecha de publicación | 02 Agosto 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32693 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónN° 762/2013Registro N° 665/2013
Bs. As., 5/7/2013
VISTO el Expediente N° 1.440.694/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 147/153 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y Anexos celebrados entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE PELUQUERIA, ESTETICA Y AFINES, por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE PEINADORES Y AFINES (F.A.P.Y.A.), por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente se establece una recomposición salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 520/07, cuyas partes signatarias coinciden con los actores aquí intervinientes.
Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del texto convencional celebrado se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley N° 23.546.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tornado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos celebrados entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE PELUQUERIA, ESTETICA Y AFINES y la FEDERACION ARGENTINA DE PEINADORES Y AFINES (F.A.P.Y.A.), que lucen a fojas 147/153 del Expediente N° 1.440.694/11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Anexos obrantes a fojas 147/153 del Expediente N° 1.440.694/11.
— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de...
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