Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, 4 de Julio de 2013, expediente 4.101-P

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2013

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Poder Judicial de la Nación N° 064 /13-DH Rosario, 4 de julio de 2013.

Visto en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones en pleno, el expediente Nº 4101-P caratulado “Saint Amant, M.F. y otros s/ Privación ilegal de libertad víctima A.G.F. de S. (Apelación falta de mérito de G.A.P.)” (N° 35/11 del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de San Nicolás), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal como consecuencia del recurso de casación interpuesto por el F. General Dr.

C.P. (fs. 1344/1352), contra el Acuerdo Nº 041/13-DH (fs. 1336/1342)

que confirmó la resolución Nº 63/12 (fs. 1296/1300) en cuanto dispuso la falta de mérito de G.A.P..

Mediante decreto de fs. 1353 se dispuso el pase de las actuaciones a estudio.

Y Considerando que:

  1. ) En primer lugar se advierte que el recurso USO OFICIAL

    cumple con los requisitos formales de admisibilidad pues ha sido planteado por quien tiene legitimación para hacerlo, ante el Tribunal que dictó la resolución cuestionada y en término (cfr. notificación de fs. 1342 vta. y escrito incorporado a fs. 1344/1352).

  2. ) El recurrente señala que la resolución atacada incurre en errores in procedendo e in iudicando, al inobservar normas procesales que el código de rito establece bajo pena de nulidad por hacer una incorrecta interpretación y aplicación de normas procesales a la vez que una arbitraria valoración de la prueba; y aplicar erróneamente la ley penal sustantiva por considerar que el decisorio se sustenta en la sola voluntad de los jueces que lo suscribieron, no habiéndolo fundado debidamente.

    Además sostiene que el auto es, en este caso concreto y por sus efectos materiales, equiparable a una sentencia definitiva en los términos del art. 457 del C.P.P.N., ya que si bien la falta de mérito no cierra el proceso, en lo sustancial imposibilita de manera real y concreta la continuación de 2

    las actuaciones respecto de la investigación de los hechos por los cuales se resolvió la falta de mérito de Piccione, máxime cuando las pruebas incorporadas son todas y las únicas que fue posible reunir hasta la actualidad teniendo en cuenta especialmente el intento de sus responsables de eliminarlas y el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos.

    Entiende que lo decidido configura un supuesto de “gravedad institucional”, toda vez que el criterio adoptado compromete la administración de justicia y trasciende el interés individual de las partes involucradas en la causa, afectándose los...

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