Resolución 3/2013

Fecha de disposición16 Abril 2013
Fecha de publicación26 Abril 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32627



Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas

GAS NATURAL

Resolución3/2013Reglamento General del Programa de Estímulo a la Inyección excedente de Gas Natural.

Bs. As., 16/4/2013

VISTO, las Leyes Nº 17.319, Nº 24.076 y Nº 26.741, sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, la Resolución Nº 1 de la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS, de fecha 8 de agosto de 2012 y la Resolución Nº 1 de la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS de fecha 18 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 3º de la Ley Nº 17.319 y el Artículo 2º de la Ley Nº 26.741 establecen que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con respecto a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.

Que entre los principios de la política hidrocarburífera de la República Argentina, el Artículo 3º de la Ley 26.741 contempla la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos en el corto, mediano y largo plazo.

Que posteriormente, a través del Decreto Nº 1277, de fecha 25 de julio de 2012, fue creada la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS.

Que en ese marco, mediante Resolución Nº 1/2013 de la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS, fue creado el PROGRAMA DE ESTIMULO A LA INYECCION EXCEDENTE DE GAS NATURAL, en adelante “el PROGRAMA”.

Que el mencionado programa tiene como objetivo reducir la diferencia existente entre la producción y consumo de gas en la REPUBLICA ARGENTINA, incrementando la producción de gas y estimulando la inversión en exploración y explotación para contar con nuevos yacimientos que permitan recuperar el horizonte de reservas.

Que a fin de alcanzar los mencionados objetivos, se incentivará la presentación de “Proyectos de Aumento de la Inyección Total de Gas Natural”, (en adelante “Los Proyectos”) por parte de los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas previsto en el Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, hasta el 30 de junio de 2013.

Que en tal sentido, corresponde crear el Reglamento del Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural, y establecer su respectiva operatoria y la de los proyectos que se aprueben bajo dicho régimen.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Anexo I del Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012.

Por ello,

LA COMISION DE PLANIFICACION

Y COORDINACION ESTRATEGICA

DEL PLAN NACIONAL

DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS

RESUELVE:

Artículo 1º

— Apruébase el Reglamento General del Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º

— Invítese a los Organismos de la Administración Pública Nacional que, en función de sus competencias técnicas y específicas, se relacionen con la política energética, a colaborar en la implementación del presente Programa.

Art. 3º

— La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS podrá autorizar, a fin de establecer las compensaciones previstas en los respectivos Proyectos de las EMPRESAS BENEFICIARIAS, que éstos se evalúen retroactivamente, siempre y cuando dicha fecha no sea anterior al 1º de diciembre de 2012.

Art. 4º

— El gasto que demande la financiación del Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural será solventado con fondos del Tesoro Nacional, de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Resolución Nº 1/2013 de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas.

Art. 5º

— Agréguese como segundo párrafo de la Cláusula VI.3) del Anexo de la Resolución Nº 1/2013 del registro de esta Comisión al siguiente texto: “La COMISION podrá, por razones debidamente fundadas, atenuar o excluir la aplicación de esta cláusula penal a la EMPRESA BENEFICIARIA”.

Art. 6º

— La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel Cameron. — Axel Kicillof. — Mario G. Moreno.

ANEXO I

REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA DE ESTIMULO A LA INYECCION EXCEDENTE DE GAS NATURAL

  1. OBJETIVO DEL REGLAMENTO

  2. PARTES INTERVINIENTES EN EL PROGRAMA DE ESTIMULO A LA INYECCION EXCEDENTE DE GAS NATURAL

  3. NORMATIVA VINCULADA

  4. METODOLOGIA

  5. OPERACIONES DE COMPRA VENTA DE GAS

  6. PROYECTOS NUEVOS DE ALTO RIESGO

  7. CONTROL DE INVERSIONES Y DE EVOLUCION DE LAS RESERVAS

  8. AUDITORIA

  9. OBJETIVO DEL REGLAMENTO

    El objetivo del presente REGLAMENTO GENERAL, es establecer los lineamientos y procedimientos para la ejecución del “Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural” estableciendo su operatoria y la de los Proyectos aprobados bajo dicho régimen.

  10. PARTES INTERVINIENTES EN EL PROGRAMA DE ESTIMULO A LA INYECCION EXCEDENTE DE GAS NATURAL

    2.1. COMISION: es la COMISION DE PLANIFICACION...

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