Resolución Nº 1934/2012

Fecha de disposición30 Noviembre 2012
Fecha de publicación23 Enero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 30/11/2012

VISTO el Expediente N° 23.003/96 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5, 6/8 y 9 del Expediente N° 265.608/12, agregado como foja 919 al principal, obran los Acuerdos y Anexos celebrados por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, por el sector sindical y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de los presentes se estipula el otorgamiento de una suma de pago único de carácter no remunerativo, el establecimiento de un régimen de jornada promedio y un incremento salarial, conforme los lineamientos establecidos.

Que las partes se encuentran legitimadas para concertar los Acuerdos traídos a estudio, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

Que los actores intervinientes han ratificado por ante esta Autoridad de Aplicación el contenido y firmas de lo acordado (fojas 930 y 935); acreditando la personería invocada con las constancias que obran en autos.

Que conforme surge de lo actuado a foja 930, los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, de conformidad con las prescripciones emergentes del Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación de los mentados textos convencionales se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio de los Acuerdos de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos celebrados por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, que lucen a fojas 2/5 del Expediente N° 265.608/12, agregado como foja 919 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, que luce a fojas 6/8 del Expediente N° 265.608/12, agregado como foja 919 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, que luce a foja 9 del Expediente N° 265.608/12, agregado como foja 919 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 4°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos y Anexos obrantes a fojas 2/5, 6/8 y 9 del Expediente N° 265.608/12, agregado como foja 919 al principal.

ARTICULO 5°

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca...

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