ANDEC

Fecha de disposición18 Enero 2013
Fecha de publicación18 Enero 2013
SecciónSegunda Sección - Sociedades

Por Esc. Nº 6, Fº 15, Registro 1375 C.A.B.A., se constituyó la sociedad 1) ANDEC S.R.L. 2) Socias: María Marcela OGALLAR, 29/08/1957, DNI 13.588.425, divorciada, comerciante, y Antonella Andrea DE CAROLIS, 18/04/1987, DNI 32.996.188, soltera, empleada; ambas argentinas, domiciliadas en la calle Olazabal 4672, piso 7, departamento “A”, C.A.BA.- 3) Sede: Olazabal 4710 piso 7, departamento “C”, C.A.B.A. 4) Plazo: 99 años. 5) Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, en asociación o en colaboración con terceros, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: CONSTRUCTORA: Mediante la ejecución de proyectos, dirección, administración y realización en general de obras de ingeniería y arquitectura, incluyendo entre otras las hidráulicas, mecánicas, sanitarias, eléctricas y/o edificios, propios y/o ajenos, barrios abiertos y/o cerrados, country, clubes de campo, cementerios privados, caminos, pavimentaciones, urbanizaciones, mensuras, construcción de viviendas, complejos habitacionales de renta y comercio, refacción, remodelación, reciclaje, decoración, ampliación y demolición de inmuebles, bajo el régimen de la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal y demás legislación sobre propiedad horizontal, o bajo cualquier otro régimen, para su posterior comercialización.- Realización de toda clase de obras públicas contratadas por organismos y reparticiones nacionales, provinciales y/o municipales, ya sea por contratación directa o por licitaciones públicas y/o privadas.- INMOBILIARIA: Mediante la construcción, compra, venta, permuta, alquiler, leasing, arrendamiento y administración de inmuebles, urbanos y rurales, administración de consorcios en propiedad horizontal, lease-back; desarrollo, ejecución y administración de proyectos inmobiliarios, intermediación en la compra-venta, administración y explotación de bienes inmuebles propios y/o de terceros y de mandatos; efectuar toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas; incluso las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre Propiedad Horizontal, y/o cualquier legislación futura que se dicte sobre propiedad horizontal, redactar y dictar Reglamentos de Copropiedad y Administración, Reglamentos internos, intervenir en operaciones por el régimen de tiempo compartido y en la constitución...

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