Disposición Nº 7/2013

Fecha de disposición10 Enero 2013
Fecha de publicación15 Enero 2013
SecciónDisposiciones

Bs. As., 10/1/2013

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12048-73-2013 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y del Interior, dependientes de la Dirección General de Aduanas.

Que el crecimiento de la participación de nuestro país en el comercio internacional, a causa del proceso de desarrollo económico ininterrumpido desde hace casi una década, está produciendo un aumento constante en su impacto sobre la actividad aduanera, tanto en su volumen como su complejidad.

Que dicha circunstancia, en el marco del objetivo permanente de esta Administración Federal de optimizar aún más su operativa, hace necesaria la transformación de la organización de las unidades dedicadas a la fiscalización de las operaciones de comercio exterior, con el fin unificar los criterios en cuanto a la realización de investigaciones previas y la selección de casos relevantes, conforme las características de las mercaderías así como de otros parámetros relevantes.

Que la Dirección General de Aduanas y las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Control Aduanero y de Fiscalización, han prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Comprobación de Destino” dependiente del Departamento Fiscalización Aduanera Metropolitana de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, pase a depender del Departamento Inspecciones Aduaneras de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

ARTICULO 2°

— Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Fiscalización Aduanera Metropolitana” y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

ARTICULO 3°

— Eliminar de la estructura organizativa las unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Fiscalización de Operaciones Aduaneras” y sus unidades dependientes, existentes en las Direcciones Regionales Aduaneras del interior, de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

ARTICULO 4°

— Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Fiscalización e Investigaciones Especializadas” y sus unidades dependientes, existente en la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia, de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

ARTICULO 5°

— Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Fiscalización de Importación” dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de la Dirección General de Aduanas, con competencia en el ámbito nacional.

ARTICULO 6°

— Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección denominada “Gestión de los Recursos” dependiente de la Dirección de Fiscalización de Importación.

ARTICULO 7°

— Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Gestión Recaudatoria de Importación” e “Impugnaciones”, dependientes de la Dirección de Fiscalización de Importación.

ARTICULO 8°

— Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Gestión de Fiscalización de Importación” dependiente de la Dirección de Fiscalización de Importación.

ARTICULO 9°

— Crear CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Bienes Intermedios y de Consumo”, “Combustibles y Energía”, “Automotores y Partes” y “Bienes de Capital”, respectivamente, dependientes del Departamento Gestión de Fiscalización de Importación.

ARTICULO 10

— Crear SEIS (6) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “Insumos Agropecuarios”, “Industria Siderúrgica”, “Industria Química y Farmacéutica”, “Industria de la Construcción”, “Industria Textil y del Calzado”, y “Tecnología”, respectivamente, dependientes de la División Bienes Intermedios y de Consumo, del Departamento Gestión de Fiscalización de Importación.

ARTICULO 11 — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Gestión Operativa de Fiscalización Simultánea” dependiente de la Dirección de Fiscalización de Importación.
ARTICULO 12 — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Análisis y Evaluación de Información Anticipada” y “Gestión de Fiscalización Simultánea con Primera Línea” respectivamente, dependientes del Departamento Gestión Operativa de Fiscalización Simultánea.
ARTICULO 13 — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Fiscalización de Exportación” dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior de la Dirección General de Aduanas, con sede en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con competencia en el ámbito nacional.
ARTICULO 14 — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección denominada “Gestión de los Recursos”, dependiente de la Dirección de Fiscalización de Exportación.
ARTICULO 15 — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Gestión Recaudatoria de Exportación” e “Impugnaciones”, dependientes de la Dirección de Fiscalización de Exportación.
ARTICULO 16 — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Gestión de Fiscalización de Exportación” dependiente de la Dirección de Fiscalización de Exportación.
ARTICULO 17

— Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Cereales, Oleaginosas, Subproductos y Pesca”, “Productos Alimenticios y Subproductos”, “Minería y Combustibles”, “Automotores y Partes” y “Bienes de Capital y Otros Bienes” respectivamente, dependientes del Departamento Gestión de Fiscalización de Exportación, de la Dirección de Fiscalización de Exportación.

ARTICULO...

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