Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2008, O. 215. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 215. XXXIX.

R.O.

Otamendi, J.A. c/ ANSeS s/ restitución de beneficio cargo contra beneficiario - medida cautelar.

Buenos Aires, 29 de abril de 2008.

Vistos los autos:

A., J.A. c/ ANSeS s/ restitución de beneficio - cargo contra beneficiario - medida cautelar@ Considerando:

  1. ) Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había ordenado la restitución de la jubilación ordinaria dada de baja y mantenido la formulación de cargo por sumas indebidamente percibidas por el beneficiario, la ANSeS y el actor dedujeron recursos ordinarios que fueron concedidos a fojas 156.

  2. ) Que el memorial presentado por la demandada resulta infundado ya que no guarda relación con la sentencia apelada, en la medida en que sus agravios se vinculan con la determinación del haber inicial, la fijación de la tasa de interés y la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 16 y 17 de la ley 24.463 en un supuesto pronunciamiento de reajuste de haberes previsionales, por lo cual el remedio debe ser rechazado.

31) Que no obstante haberse notificado al actor de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma, por lo que corresponde declarar la

deserción del remedio intentado.

Por ello, se declaran desiertos los recursos ordinarios deducidos por las partes. N. y devuélvase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

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