Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Junio de 2007, B. 3091. XXXVIII

Fecha26 Junio 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Buenos Aires, 26 de junio de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por R. e n l a c a u s a R.B.B., R.R. c/ Universidad de Buenos Aires@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oído el señor P.F., se desestima la queja.

N., devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese. E.I.H. de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho deducido por R.R.B., actor en autos, abogado en causa propia Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III

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