Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Abril de 2007, B. 959. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 959. XLI.

RECURSO DE HECHO

B., A.J. c/ Scotiabank Quilmes S.A.

Buenos Aires, 24 de abril de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco Macrobansud S.A. en la causa B., A.J. c/ Scotiabank Quilmes S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante a los que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con el mencionado dictamen, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Agréguese la queja al principal y vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

Devuélvase el depósito.

N. y remítase.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Recurso de hecho interpuesto por el Banco Macrobansud S.A., representado por el Dr. D.H.G.V., con el patrocinio letrado del Dr. J.J.E. (h) Tribunal de origen: Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 67

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