Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Mayo de 2005, C. 1587. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 1587. XL.

C.P.S.J. s/ investigación.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 31 de mayo de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 14 de diciembre de 2004 en la Competencia N° 105.XL "Gerea, R.R. s/ incidente de incompetencia", a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara que deberá entender en la causa en que se originó el presente incidente el Juzgado Federal N° 1 de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, al que se le remitirá.

  1. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen. H. saber al Juzgado de Primera Instancia N° 1 en lo Civil, Comercial, L., de Minería y de Instrucción de Puerto San Julián, con asiento en la provincia mencionada.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

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