Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2004, R. 94. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 94. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Rasquetti, S.I. y F., G.E. c/C., P.G. y C., H.R..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa R., S.I. y F., G.E. c/C., P.G. y C., H.R.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por S.I.R. y G.E.F., repre- sentada por H.N.G..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Tribunal del Trabajo N° 1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca.

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