Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Abril de 2004, C. 951. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 951. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

C., G.C. c/B. y F. S.R.L. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa C., G.C. c/B. y F. S.R.L. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por la actora, representado por el Dr. A.E.V..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, S.I..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado del Trabajo N° 69.

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