Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Diciembre de 2003, H. 297. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

H. 297. XXXIX.

P.H., J.; S. de Schiavini, M.T. y P., E.A. s/ su solicitud de hábeas corpus preventivo.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de diciembre de 2003.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presentación de fs. 2/5 no constituye acción o recurso alguno de los que habilitan la competencia ordinaria o extraordinaria de esta Corte Suprema (arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional), ni un caso de privación de justicia que le corresponda resolver.

Por ello, se la desestima. R. copia de la presentación a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad a sus efectos.

H. saber y archívese. A.C.B. -E.S.P. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

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