Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Junio de 2002, P. 762. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 762. XXXVII.

P., A.J. y otros s/ defraudación en grado de tentativa y prevaricato.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de junio de 2002.

Vistos los autos: "P., A.J. y otros s/ defraudación en grado de tentativa y prevaricato".

Considerando:

  1. ) Que de las constancias agregadas a estas actuaciones se desprende que no se cumplió con todos los traslados a las partes interesadas previstos en el art. 257, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

  2. ) Que el trámite previsto en la norma antes mencionada tiene por objeto dar a los litigantes la oportunidad de ejercer sus defensas con la amplitud que exige el debido proceso, y plantear las cuestiones conducentes para la correcta solución del litigio.

  3. ) Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto el auto de concesión y devolver las actuaciones al tribunal de origen con el fin de que, antes de dictar uno nuevo, proceda a dar cumplimiento a los actos procesales remitidos.

Por ello, se resuelve: Dejar sin efecto el auto de fs.

3421/3422 vta. y devolver los autos al tribunal de origen a los fines expresados en el considerando tercero de la presente. N.. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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