Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 1999, G. 430. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 430. XXXV.

RECURSO DE HECHO

Gianni, G.A. c/ Wildfever, D.R..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de octubre de 1999.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa Gianni, G.A. c/ Wildfever, D.R., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja prevista en el art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, requiere para su procedencia que se haya interpuesto y denegado una apelación ordinaria o extraordinariapara ante esta Corte (Fallos:

235:287; 255:169; 261:204; 269:405 y 305:2222, entre muchos otros), lo cual no ha sucedido en el caso respecto de la resolución recurrida (confr. fs. 30/31 y siguientes).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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