Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Agosto de 1996, C. 95. XXXII

Fecha20 Agosto 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. de Transkousky, E. s/ inhabilitación.

    S.C.C.. N° 95, L.XXXII.-

    PROCURACION GENERAL DE LA NACION

    Suprema Corte:

    Los jueces a cargo de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Lomas de Z., provincia de Buenos Aires, y N° 3 de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, se declararon incompetentes para conocer en el proceso. En tales condiciones, quedó trabado un conflicto que corresponde dirimir a V.E. en los términos del artículo 24, inciso 7°, del decreto-ley 1285/58.

    La cuestión debatida en autos es sustancialmente análoga a la considerada por el Tribunal en su sentencia del 22 de diciembre de 1992, en autos "G., H. s/ protección de personas" a cuyos fundamentos me remito en razón de brevedad.

    Por ello, soy de opinión, que corresponde dirimir la contienda planteada disponiendo que compete al señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Lomas de Z., provincia de Buenos Aires, seguir conociendo en este juicio.

    Buenos Aires, 14 de mayo de 1996.

    M.G.R.P. GENERAL SUSTITUTA

    Competencia N° 95. XXXII.

  2. de Transkowsky, E. s/ inhabilitación judicial.

    Buenos Aires, 20 de agosto de 1996.

    Autos y Vistos; Considerando:

    Que la causa sub examine resulta sustancialmente análoga a las resueltas por sentencias del 22 de diciembre de 1992, in re: Competencia N° 659.X. "González, C.G., H. y otro s/ protección de persona" (Fallos: 315:2963) y del 20 de junio de 1996, in re: Competencia N° 572.XXXI "K., H. s/ inhabilitación", a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad.

    Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora General sustituta, declárase que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, resulta competente para conocer en las presentes actuaciones, las que se le remitirán. H. saber al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería N° 3 de Bariloche, Provincia de Río Negro. A. copia de los precedentes citados. JULIO S.

    NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -CARLOS S. FAYT -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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