Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 17 de Octubre de 2011, expediente 28.929

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2011

Poder Judicial de la Nación Expte. n°28929

`F.L., E. A. s/Reg. de Hon. de Seg. I.. en autos “V., J.O. c/DNV s/Cobro de Pesos”´

J.F.Rawson modoro Rivadavia, 17 de Octubre de 2011.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “F.L.,

E.A. s/Regulación de Honorarios de Segunda Instancia en autos: ´V., J.O. c/Dirección Nacional de Vialidad s/Cobro de Pesos´”, en trámite ante esta alzada bajo el n°28.929, provenientes del Juzgado Federal de Rawson.

Y CONSIDERANDO:

  1. - Vienen estos autos al acuerdo a fin de la regulación de honorarios pedida por el Dr. E.F.L., por sus labores desarrolladas ante esta alzada; a fs.13

    el a quo dispone la elevación de los mismos con el objeto de proceder a su estimación.

  2. - Mediante Sent. Int. N°103/08 RCFACR, en USO OFICIAL

    fecha 18/03/08, este Tribunal declaró desierto el recurso de apelación deducido por la parte demandada contra la resolución que rechazó la excepción de incompetencia, con costas del incidente a la parte demandada y reguló los honorarios del letrado apoderado de la parte actora vencedora Dr. F.L. en un 10% del monto de honorarios que correspondieren a la misma parte en el proceso principal con más un 30% por mandato (arts.6, 7, 9 y 33 del arancel)

    Asimismo, la alzada por medio de Sent. D..

    N°052/10 RCFACR, en fecha 10/08/2010, declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada confirmando la sentencia de primera instancia -que hizo lugar a la demanda por el cobro de pesos entablada por V. condenando a la D.N.V.

    al pago de $826.227,30 en concepto de intereses adeudados por el pago atrasado de los certificados emitidos, con más los intereses por mora calculados desde el 31/12/00 hasta el efectivo pago a la tasa pasiva promedio que publica el BCRA,

    impuso las costas procesales a la demandada vencida y reguló los honorarios del letrado apoderado del actor en un 15.6% del monto del proceso-; a su vez, impuso las costas a la vencida y reguló

    los honorarios de la representación letrada de la parte actora por sus trabajos en esta instancia en un 25% de los regulados en la primera instancia (art.14 Ley de aranceles); en fecha 01/03/11, se rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el representante legal de la parte demandada, con costas.

  3. - En primer término, la intervención que le cupo al apoderado de la parte vencedora consistió en la contestación del traslado del memorial de agravios de la recurrente Dirección Nacional de Vialidad en ocasión de haber interpuesto recurso de apelación...

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