RESOLUCION Nº 36.760 DEL 8 MAY. 2012

Fecha de disposición17 Mayo 2012
Fecha de publicación17 Mayo 2012
SecciónResoluciones
Jueves 17 de mayo de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.399 55
ARTICULO 4° — Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de
Productores Asesores de Seguros, sito en BELGRANO Nº 483 (C.P. 2618) - CARMEN - SANTA FE,
y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la
Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 17/05/2012 Nº51259/12 v. 17/05/2012
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº36.760 DEL 8 MAY. 2012
EXPEDIENTE Nº 56058 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. HORACIO OMAR
TADDEO (MATRICULA Nº69.687) A LAS LEYES Nº20.091 Y Nº22.400.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº56.058.
ARTICULO 2° — Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Horacio Omar
TADDEO (matrícula Nº69.687), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de
registros obligatorios llevados en legal forma.
ARTICULO 3° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dis-
puestas en los artículos precedentes.
ARTICULO 4° — Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de
Productores Asesores de Seguros, sito en EMILIO BERISSO Nº1166 (C.P. 1870) - AVELLANEDA -
BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente
de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 17/05/2012 Nº51264/12 v. 17/05/2012
#F4332771F#
#I4333466I#
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
Disposición Nº26/2012
Bs. As., 11/5/2012
VISTO el Expediente Nº 2002-27916/11-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Re-
soluciones Ministeriales Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006, Nº1922 de fecha 6 de diciembre de
2006, Nº1342 de fecha 10 de octubre de 2007 y la Disposición Subsecretarial Nº29 de fecha 14 de
septiembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº450/06 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACRE-
DITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los
integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se
encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política
a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO
Y SALUD OCUPACIONAL, como coordinador, la Comisión Técnica, integrada por representantes
jurisdiccionales y la Comisión Asesora del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del
Equipo de Salud, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por
Resolución Ministerial Nº450/06.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro único de Entidades Evaluadoras, conformado por
Sociedades Cientícas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTE-
RIO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº29/10 se ha aprobado el Instrumento Nacio-
nal de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acredi-
tación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento
de los programas de formación de residencias, refrendados por la Comisión Técnica Interju-
risdiccional y la Comisión Asesora del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del
Equipo de Salud.
Que entre el momento en que la residencia solicita la acreditación, la fecha en que la entidad
evaluadora realiza la visita de evaluación y la emisión del acto administrativo que hace efectiva la
acreditación transcurre un determinado lapso de tiempo.
Que teniendo en cuenta la duración de estos períodos, las residencias acreditadas han solicita-
do el reconocimiento de la acreditación para los residentes egresados en forma previa a la misma.
Que la formación de posgrado de residencias se desarrolla a lo largo de varios años y la conso-
lidación de los procesos formativos de manera gradual y paulatina.
Que la COMISION ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS
DEL EQUIPO DE SALUD, consultada con relación a este reconocimiento, se expidió favorablemente
y propone considerar la situación de los residentes egresados hasta el año anterior a la realización
de la evaluación para las Residencias acreditadas con categoría “A” y/o “B”.
Que la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL ha recibido
pedidos de reconocimiento de certicación retroactiva a residentes, de las residencias acreditadas.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su com-
petencia.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
DISPONE:
ARTICULO 1° — Homológuense los efectos de las residencias acreditadas según la Resolu-
ción Ministerial Nº450/06 modicada por Resoluciones Ministeriales Nº1922/06 y Nº1342/07 y la
Disposición Subsecretarial Nº29/10, a los correspondientes a las residencias en proceso de acre-
ditación, respecto de los residentes egresados en el año calendario inmediato anterior a la visita de
evaluación de las mismas.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Re-
gistro Ocial, pase a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE
FRONTERAS para su noticación al interesado. Cumplido, archívese. — Dr. ANDRES J. LEIBOVICH,
Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización; Ministerio de Salud de la Nación.
e. 17/05/2012 Nº52325/12 v. 17/05/2012
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#I4334706I#
HONORABLE SENADO DE LA NACION
Bs. As., 16/5/2012
H. SENADO DE LA NACION
La Secretaría Parlamentaria del H. Senado de la Nación hace saber el ingreso del mensaje
del Poder Ejecutivo, solicitando prestar acuerdo para la designación en el cargo de Procurador
General de la Nación.
Nombre del Aspirante y cargo para el que se lo propone:
1. DANIEL GUSTAVO REPOSO (D.N.I. 17.646.049), Procurador General de la Nación, PE-
748 /12.
Audiencia Pública:
• Día: MARTES 5 DE JUNIO DEL AÑO 2012.
• Hora: 10:00 hs.
• Lugar: SALON AZUL DEL H. SENADO DE LA NACION, H. YRIGOYEN 1849, 1° PISO, CIU-
DAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Plazo para presentar preguntas y formular observaciones a las calidades y méritos de
los aspirantes: (Art. 123 ter del Reglamento del H. Senado): DESDE EL 19 DE MAYO AL 25 DE
MAYO DE 2012 (inclusive).
Lugar de Presentación: COMISION DE ACUERDOS DEL H. SENADO, H. YRIGOYEN 1706,
6° PISO, OFICINA “606”, OFICINA AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Horario: de 10:00 a 19:00 hs.
Recaudos que deben cumplir las presentaciones (Art. 123 quáter del Reglamento del H.
Senado):
1) Nombre, Apellido, Nacionalidad, Ocupación, Domicilio, Estado Civil y Fotocopia del DNI.
Si se presenta un funcionario público o representante de una asociación o colegio profesional,
se debe consignar el cargo que ocupa. Si se tratara de una persona jurídica, debe acompañar el
instrumento que acredita la personería.
2) Exposición fundada de las observaciones a las calidades y méritos del aspirante.
3) Indicación de la prueba, acompañando la documentación que tenga en su poder.
4) Todas las preguntas que propone le sean formuladas al aspirante.
Dr. JUAN H. ESTRADA, Secretario Parlamentario, Honorable Senado de la Nación.
e. 17/05/2012 Nº54141/12 v. 18/05/2012
#F4334706F#

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