Sentencia nº 53379 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 17 de Noviembre de 2000
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Tribunal del Trabajo Sala II |
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AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. Nº B-53379/99 caratulado: “INDEMNIZACIO ESPECIAL POR FUERO GREMIAL: M.H.P. Y OTRO c/ EMPRESA JUJEÑA DE ENERGIA S.A”, de don-de:
RESULTA:
Que, a fs. 106 el letrado de los actores formula aclarato-ria de la sentencia recaída a fs. 92/96 porque sostiene que en la misma se deslizaron dos errores materiales: 1º) donde dice que la demanda ha sido deducida el 23-12-97 debió decir el 23-12-99 y 2º) cuando se refiere a sí la voluntad de QUISPE ROJAS estaba afectada por ignorancia, error, dolo o violencia se consignó el nombre de PALACIOS en vez del primero de los nombrados. –
Que, a fs. 107 la letrada de E.J.E.S.A. también solicita que se le aclare “cual es el fundamento jurídico que se basa para quitarle validez a la presentación que el Sindicato de Luz y Fuerza de Jujuy efectuó ante el Ministerio de Trabajo de la Nación”. -
CONSIDERANDO:
Que, le asiste derecho al letrado de la actora debiéndose en esta oportunidad corregir los errores materiales señalados o sea: “donde se dijo 23-12-97 debió decirse 23-12-99” y “donde se dijo si la voluntad de PALACIOS estaba afectada debió decirse la voluntad de QUISPE ROJAS”. –
Que, en cuanto a la aclaratoria articulada por la accionada lo solicitado está perfectamente explicitado y explicado en el punto IV de la sentencia al tratar la situación de M.H. PALACIOS por lo que el planteo realizado resulta ajeno a una aclaratoria y con el mismo se preten-den conseguir resultados que exigirían el ejercicio de algunos de los recur-sos ordinarios o extraordinarios regulados por la ley; ergo debe desestimár-selo (Art. 97 y nota del codificador). -
Por todo lo anterior y lo normado por el Art. 97 del C.P.T. la SALA II del TRIBUNAL DEL TRABAJO de la Provincia de Jujuy, fallando en definitiva:
R E S U E L V E:
1ro. -) Hacer lugar a la aclaratoria deducida a fs. 106 en los términos indicados en los considerandos. -
2do. -) Rechazar la aclaratoria interpuesta a fs. 107 por las razones dadas en los considerandos. -
3ro. -) Hacer saber, agregar copia en autos, etc.-
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