Sentencia nº 52054 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 9 de Octubre de 2000
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2000 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2 |
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. N° B-52.054/2.000 caratulado: " San Salvador de Jujuy, 9 de Octubre de 2.000.-
CONCURSO PREVENTIVO DE ACREEDORES SANDWILANDIA JUJUY Y SANCHEZ , J.J.", del que;
RESULTA:
Que a fs. 239, se presenta el Dr. P.E.M. y presenta clasificaci¢n y agrupamiento de los acreedores conforme lo establecido en art. 41 de la Ley N§ 24.522.-
Que a fs. 240, se presenta la Sindicatura opinando en forma favorable a la propuesta efectuada, y;
CONSIDERANDO:
Que atento al estado procesal de autos, corresponde dictar la resoluci¢n de categorizaci¢n que prevee‚ el art. 42 de la Ley N° 24.522, respecto de la cual la concursada formulo la correspondiente propuesta a fs. 239 y que no recibi¢ opini¢n desfavorable de la Sindicatura (fs. 240).-
Ahora bien, conforme se ha observado a partir de la innovaci¢n normativa en cuesti¢n, las pautas de categorizaci¢n son sumamente elasticas, atendiendo ya sea a la naturaleza de las prestaciones correspondientes a los créditos, al carácter de privilegiados o quirografarios o a cualquier otro elemento que razonablemente pueda determinar su agrupamiento o categorizaci¢n (art. 41 L.C.Q.), llegandose hasta la máxima posibilidad sin más acotamiento que lo razonable.-
Ello, pues la agrupaci¢n no puede ser arbitraria ni absurda, en tanto el grado de amplitud de la posibilidad de clasificación ha llevado a advertir la posibilidad de manipulaciones en forma de diluir la participaci¢n relativa en los cómputos de las mayorias de acreedores propicios ( cfr. D., A.:" La categorizaci¢n de acreedores en el nuevo proceso concursal" LL- 2/8/96, p g. 4).-
Que atento al auto verificatorio obrante a fs. 203/205 y el informe general de créditos efectuado por la Sindicatura, la categorizaci¢n efectuada por la deudora es acorde con lo dispuesto en el art. 41 del ordenamiento concursal, por lo que la misma ser aceptada.-
Que por todo ello, el Juzgado:
RESUELVE:
I) Fijar las categorías de acreedores conforme la agrupaci¢n efectuada a fs. 239 del siguiente modo:
-
QUIROGRAFARIOS.
-
QUIROGRAFARIO LABORALES.
C) PRIVILEGIADOS.
II) A. copia en autos, hacer saber, etc.-
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