Sentencia nº 64220 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 6 de Julio de 2007
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2007 |
Emisor | Cámara en lo Civil y Comercial Sala II |
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los seis días del mes julio del año dos mil siete, los señores Vocales integrantes de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial, D.. J.D.A., N.D.D.A. y E.R.M., Presidencia de trámite del Sr. Vocal nombrado en primer término, vieron el Expte. Nº B-64.220/00: "ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: MARINO ROTOLOS, DINA ADRIANA C/ SANATORIO QUINTAR S.R.L. Y UJHELLI, J.L." (cuatro cuerpos), y sus agregados Expte. Nº B-64.324/00: “INCIDENTE DE BENEFICIO DE JUSTICIA GRATUITA EN B-64.220/00: MARINO ROTOLOS, D.A.”; EXPTE. Nº B-64.220/I/05: “INCIDENTE DE HECHO NUEVO EN EXPTE. B-64.220/00: ROTOLOS, DINA C/ SANATORIO QUINTAR S.R.L.”, en el que:
El D.J.D.A., dijo:
I.E.D.M.A.L., comparece a fs. 98/131 como apoderado de la Sra. D.A.M.R. a mérito de la copia del poder general para juicios que acompaña fs. 3 y vta.. Manifiesta que promueve demanda ordinaria por indemnización de daños y perjuicios en contra del SANATORIO QUINTAR S.R.L. y del Dr. JOSE LUIS UJHELLI, procurando el resarcimiento de los daños y perjuicios materiales y morales que padece su mandante de conformidad a las circunstancias fácticas que expone.
Al relatar los hechos, dice, que la actora nació el 19 de agosto de 1962 con una diferencia en las piernas, resultando más corta la izquierda unos 2 centímetros. Cuando tenía un año de edad se le realiza una operación correctiva en la Ciudad de Salta por el Dr. R. y que consistió en el raspado del fémur para que tuviera más fuerza, para mejorar su desarrollo. A los nueve años de edad, fue sometida a una nueva intervención quirúrgica en la Ciudad de Córdoba por el Dr. F.V., quien le implantó un aparato que debía llevar un año y medio con el objeto de lograr el estiramiento del fémur, posteriormente se le hizo un yeso pélvico, lo cual no produjo los resultados esperados. A los quince años de edad el 15 de mayo de 1978 se le practica una nueva operación que consistió en el acortamiento del lado izquierdo e injerto en la pierna izquierda colocándole una placa Hoff-Man asegurada con ocho tornillos en ambos fémures, como resultado de dicha intervención le queda paralizado a su mandante el pie derecho, quedando equino paralítico.
El 4 de septiembre de 1978 le realizan una nueva intervención quirúrgica (panastragalódesis) que consiste en la colocación de un clavo desde la planta del pie y otro en el dorso inmovilizándole el mismo con yeso; el 6 de octubre del mismo año se le procede a retirar las clavijas, se le quita el yeso y a su vez se le realiza un nuevo yeso con taco de marcha. Al año siguiente el 21 de febrero como consecuencia de los problemas que padecía le realizaron un injerto óseo pélvico por cuanto se había retrasado la consolidación del injerto realizado; el 13 de diciembre de 1979 la vuelven a intervenir para retirarle la palanca Hoff -Man del lado izquierdo. En el año 1992 comienza a tener problemas en los dedos del pie derecho, por lo que al no poder moverlos tomaron forma de martillo, lo que le impedía calzarse; efectúa una consulta con el Dr. Ujhelli en el Sanatorio Quintar quien la interviene quirúrgicamente colocándole clavos en los dedos, con una férula de yeso durante dos meses y luego apoyo de fisioterapia, lo que le llevó cuatro meses volver a la vida normal.
En el mes de octubre de 1998, a los 36 años su mandante sentía mucho dolor en la rodilla derecha, era tan agudo que le impedía asentar la pierna, por lo que vuelve al Sanatorio Quintar a consultar al Dr. Ujhelli; le realizan radiografías que según el médico mostraban la necesidad de un reemplazo total de rodilla, para lo cual debía dejar libre la zona extrayendo la placa o palanca de Hoff –Man colocada por el Dr. F.V. y en la misma cirugía limpiarle el nervio ciático, liberándolo de adherencias debido a que tenía molestias en el dedo mayor del pie derecho; es así que el 26 de octubre de 1998 decide ponerse en manos del D.U. quien junto a sus colegas B. y S. le realizan un corte desde la cadera hasta la rodilla para extraer la placa y otro desde la rodilla hasta la mitad de la canilla para la limpieza del nervio, siempre por el costado de la pierna; la cirugía duró 6 horas y fue realizada en dos tiempos. El objetivo era el transplante de rodilla, pero al finalizar la operación le informan a la familia que el reemplazo sería imposible debido a que el fémur estaba tan débil que no se animaría a tocarlo nuevamente. Le dan el alta pero solo podía desplazarse con muletas ya que no podía pisar con esa pierna. El 6 de noviembre el Dr. Ujhelli la autoriza a pisar sin dejar las muletas, pero ello le producía un dolor muy intenso y punzante en la parte media del fémur y cada día que pasaba el dolor se incrementaba.
El día 9 de noviembre de 1998 dado el fuerte dolor que padecía, a las 03 horas giró sobre la cama y sintió que el fémur hizo un ruido y un dolor profundo; se dio cuenta que la pierna estaba doblada en dos pues el hueso se había quebrado. Fue trasladada al Sanatorio Quintar y allí estaban esperándola los Dres. U. y S.; en forma inmediata la llevaron a la sala de rayos, le realizaron unas placas radiográficas y el demandado le comunica a la pareja de su mandante, Sr. C.S. que no le quedaba otra alternativa y que debía colocar un tutor externo asegurado por cinco clavos verticales que le atravesarían el hueso; se le preguntó si ello no perjudicaría más el hueso, debido que al retirar la placa de H. –Man le habían quedado ocho agujeros de los tornillos, a lo que el médico le contestó que se quedara tranquilo, que todo saldría bien, así que a hs. 6,00 la ingresaron al quirófano, de donde salió a hs. 10,00 con el tutor y muy dolorida. Estuvo internada veinte días con un dolor intolerable, con la pierna hinchada, afiebrada, enrojecida alrededor de los agujeros del tutor, al igual que en los brazos que habían reaccionado por los medicamentos que le pasaban por vena, debido a ello era infiltrada cada hora, pues sus venas no resistían y reventaban. La pierna reaccionó al tutor implantado, lo que le provocó una infección que hasta la fecha no fue superada.
Sumado al sufrimiento, debía soportar la falta de higiene, hormigas en el quirófano, lo incómodo de las instalaciones sanitarias que no le permitían ingresar con muletas, malos tratos de algunas enfermeras, ineficacia y desorganización interna.
El 5 de enero de 1999 su mandante vuelve a ser internada pues el Dr. U. debía realizarle un injerto de hueso, sacándole cresta de la cadera izquierda trasera para colocarle en la quebradura un clavo interno. Sin sacarle el tutor externo le abren la pierna y el costado izquierdo de la espalda y le realizan el injerto; permanece internada dos semanas, muy dolorida, no podía moverse, sentarse, ni ir al baño por sí sola. En el mes de marzo la internan dos días para reajustarle el tutor, otra vez al quirófano con anestesia general, sin realizársele ningún control cardiológico, ni psicológico. En abril se infecta el quinto clavo asistente del tutor y nuevamente debe ir al quirófano para extraerle el clavo infectado, quedando internada una semana y en cada internación le canalizaban las venas de los brazos con un antibiótico llamado S. 500 y dado que los brazos no soportaban más pinchazos, se le hizo una incisión en el cuello y se la canalizó por allí; abril y mayo fueron meses de continuo malestar psicológico y físico ya que no había ningún tipo de evolución a pesar de las constantes promesas de mejoría. Ello provocaba un trastorno en su vida personal, cotidiana, no tenía movilidad, no podía atender a sus hijos, no podía compartir con ellos, ayudarlos en sus tareas y tener que depender de una persona en todo momento para realizar sus necesidades de aseo personal.
A ello se suma que la empresa donde trabajaba como Encargada de Compras, le comunica que se le había acabado la licencia por enfermedad que le habían concedido, lo que la determinó a diligenciar su jubilación por incapacidad, la que le fue otorgada en un 73 % y que hasta la fecha no ha podido cobrar. En este período entra en un estado de depresión profunda.
El 18 de junio, luego de un control y por un dolor agudo donde se hallaba el tutor, se percatan que los clavos estaban flojos, por lo que nuevamente la internan, manifestándole el demandado que lo que se haría sería muy simple, no llevaría más de 40 minutos, la operación consistía en cambiar los clavos de lugar, sacando lo cuatro clavos anteriores y colocando dos clavos superiores y dos inferiores para poner un tutor más pequeño que abarcaría solo la parte de la fractura. Ingresaría a las 12,00 y saldría a las 13,00 del quirófano, pero la realidad fue muy distinta, pues salió a las 17,30 horas sin comunicarle a los familiares cual había sido la causa de la demora y sólo ante la insistencia de los mismos U. le dijo que se hallaba recuperándose de la intervención y que por los efectos de los medicamentos su estado era de gran nerviosismo, aconsejando esperar para verla; al despertar a hs. 18,30 comienza a sentir un fuerte dolor en el esternón y en las costillas y refería dificultades para respirar, por lo que resulta dable suponer que debieron darle masajes cardiovasculares por un paro cardíaco. Ante ello los familiares comenzaron a preguntarle al Dr. Ujhelli sobre su estado y recuperación, pues llevaban más de ocho meses, limitándose a contestar con evasivas.
El 3 de agosto de 1999 su mandante presentaba un cuadro que no le permitía levantarse por mareos y vómitos permanentes, por lo que llamó al servicio de urgencias del Sanatorio Lavalle donde la internan, aplicándole suero hasta el día siguiente y como no le realizaban ningún tipo de estudios, bajo su responsabilidad decide retirarse del nosocomio. El 5 de agosto consulta al Dr. V. en el Sanatorio Argañaráz, quien le determina que por el tiempo transcurrido (7 meses) durante el cual se le suministró por prescripción médica del Dr. Ujhelli, S. 500, dejándola sin flora intestinal; también tomaba...
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