Sentencia nº 26130 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 6 de Julio de 2006

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18

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AUTOS Y VISTOS: Los del presente expediente N° A-26.130/05, caratulado: “S. ab intestato de D.S.C.P.", de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 18;

Y CONSIDERANDO: Que, a fs. 4/5 se presenta C. de los A.V. quien lo hacen en nombre y representación de su hija menor M.D.P. a mérito de facultades que por ley le competen, con patrocinio letrado de la Dra. T. delC.C. de M..

Que, solicita se la tenga por presentada, por constituido domicilio legal y por parte, se ordene apertura del juicio sucesorio de don S.C.P..

Que, aporta pruebas, y analizadas todas conforme lo dispone el art. 16 del CPC, surge como preponderante el testimonio de defunción de S.C.P. (fs. 6) de la que surge como domicilio del causante el de Finca Gines Gallardo, Agua Calientes, El Carmen, J..

Que, conforme lo indican los arts. 90 inc. 7°, 3284 del C.C.A. y 25 del CPC, la competencia sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar del último domicilio del difunto.

  1. “Lo cierto es que el elemento determinante de la competencia territorial es el domicilio y de su fijación dependerá aquella” (Curso de...

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