Sentencia nº 26275 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 27 de Junio de 2006

Fecha de Resolución27 de Junio de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº A-26275/05, caratulado: INFORMACIONA SUMARIA PARA ACREDITAR AÑOS CONCUBINATO POST-MORTEM SOLICITADA POR E.D.V.O. CON V.D.G. y de cual;

RESULTA:

Que a fs 25 se presenta la Dra. G.A.S., Defensora Regional de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de la Sra. E.D.V.O., a merito de la carta poder que arrima en autos, en tal carácter manifiesta que viene por este acto a promover INFORMACION SUMARIA tendiente a acreditar que su mandante vivió en público concubinato con el Sr. V.D.G. ( quien falleciera el día 01 de Abril de 2005) y hasta el día de su deceso y por un espacio de 26 años, y que de esa relación concubinaria nacieron sus hijos CAROLINA GONZALEZ, I.P.R.G., A.E.G., F.J.G., G.G., Y Y.B.G.; y

CONSIDERANDO:

Que la demanda presentada en autos se encuentra conforme a derecho.- Que merituando la prueba ofrecida a fs 12 Fotocopia de D.N.I., a fs 4 Certificado de Defunción, a fs 6, 7, 8, 9, 10 y 11 Certificados de Nacimiento, a fs 14 y 15 Resumen de Cuenta de Capitalización de AFJP CONSOLIDAR que corresponde al Sr. V.D.G., a fs 18 Certificado de Residencia y Convivencia, a fs. 24 y 25 Encuesta Socio Ambiental realizada por la Policía de la Provincia de Jujuy donde surge coincidencia con lo vertido en la presentación de la demanda, a fs 31 y 32 Declaración Testimonial de las Sras. C.M. y G.P., quienes ratifican todo lo expresado por la actora en su escrito inicial.- Que a fs 29 se encuentra debidamente notificada la AFJP CONSOLIDAR a través de oficio a los efectos que tome participación en los presente obrados, sin realizar presentación alguna en la causa.- Que se ha dado la correspondiente intervención al Ministerio Público Fiscal quien dictamina favorablemente.- Por todo ello y lo dispuesto por los arts. 14 y 15 de la 10903 y 14394 y concordantes del C.C., es que:

RESUELVO:

1) Hacer lugar a la presente información sumaria y en consecuencia tener por cierto y bien probado que la Sra. E.D.V.O., D.N.I.Nº 16.340.977 convivió en público y pacifico concubinato con don V.D.G., D.N.I.Nº 10.432.694, (fallecido el 01 de Abril del 2005) hasta el día de su deceso y por el espacio de 26 años, naciendo de esa relación concubinaria sus hijos CAROLINA GONZALEZ, I.P.R.G., A.E.G., F.J.G., G.G., Y Y.B.G..- 2) Tener por acreditado el beneficio de Justicia Gratuita a mérito de la Declaración Jurada formulada en autos.-3) Hacer saber, agregar copia en autos, expedir Testimonio por Secretaría.-

Fdo. Dr. EDUARDO HORACIO...

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