Sentencia nº 38792 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 13 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18

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AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. N° A-38.792/08 caratulado: “Inscripción de Nacimiento solicitado por M.R.”, que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 18, del que:

RESULTA: Que a fs. 8 se presenta la Dra. M.C.L., Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación de M.R., a mérito de Carta Poder que rola agregada en autos, solicitando la inscripción de su nacimiento como hecho ocurrido el día 27 de febrero de 1946 en la localidad de San Juan, Depto. P., provincia de S. delE..

Que manifiesta que se mandante poseia DNI Nº 8.173.723 el cual al ser extraviado, y al realizar el respectivo tramite el mismo figura como no inscripto en lo libros de nacimiento respectivos.-

Ofrece pruebas, invoca derecho y pide se dicte sentencia conforme a derecho.

Y CONSIDERANDO: 1.- Que es aplicable al caso lo dispuesto por el Decreto Ley 8204/63.

  1. - Que al merituar las pruebas aportadas para resolver al respecto se ponderan: a fs. 5 constancia de solicitud de DNI, a fs. 6 constancia de CUIL, a fs. 10/12 original de encuesta socio ambiental realizada por personal policial, a fs. 18 certificado de edad, a fs. 26 planilla de antecedentes personales, a fs. 29 informe remitido por la Direccion Nacional de Migraciones, a fs. 40 y 55 informe remitido por el Registro Civil.-

  2. - Que, a fs. 44/45 se encuentra acreditado el beneficio de Justicia gratuita...

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