Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2011, E. 49. XLVII

Fecha27 Septiembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 49. XLVII.

RECURSO DE HECHO E. y Letamendia S.A. s/ quiebra c/ R.S.A. y otros s/ acción revocatoria concursal.

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2011 Autos y Vistos; Considerando:

Que a fs.

85/86 vta. la recurrente interpone un recurso de revocatoria contra el fallo de fs.

76.

Tal petición resulta improcedente ya que las decisiones de la Corte por las que rechaza los recursos de queja por apelación extraordinaria denegada no son, como principio, susceptibles de reposición (Fallos: 316: 1706, entre otros), sin que en el caso se configure algún supuesto excepcional que autorice a apartarse de tal doctrina. N.. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de revocatoria interpuesto por Bak Plastic Italo Argentina SRL, representada por el Dr. J.;José Muzzio.

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