Decreto 1375/2011

Fecha de disposición08 Septiembre 2011
Fecha de publicación16 Septiembre 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32236

Bs. As., 8/9/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0023250/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Leyes Nros. 26.378 y 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 491 del 12 de marzo de 2002 y 8 del 6 de enero de 2011, la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo.

Que mediante el artículo 13 de la mencionada Convención, los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a acceder a la justicia en iguales condiciones que los demás, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares.

Que, asimismo, a fin de asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia, los Estados Partes promoverán la capacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia.

Que por el Decreto Nº 8/11 se modificó el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios y complementarios, a fin de reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que entre los objetivos asignados a la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, se encuentra el de conducir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito de ese Ministerio.

Que asimismo la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS tiene entre sus lineamientos estratégicos de gestión, el de facilitar a la población el acceso a la justicia, promoviendo la igualdad en el tratamiento a los ciudadanos.

Que en consecuencia, resulta conveniente crear, en la órbita de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el “PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SUS RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA”, con el objeto de asegurar el respeto de la dignidad inherente de las personas con discapacidad, a fin de facilitar la comunicación y la obtención de la información necesaria para el efectivo acceso a la justicia.

Que asimismo, es necesario crear, con dependencia directa del Secretario de Justicia del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el cargo extraescalafonario de Coordinador del “PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SUS RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA”, con una remuneración equivalente al Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, cuya función será conducir el mencionado Programa.

Que para ello, y en virtud de lo establecido por el artículo 6º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº...

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