Resolución 1866/2011

Fecha de disposición08 Septiembre 2011
Fecha de publicación16 Septiembre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32236

Bs. As., 8/9/2011

VISTO el Expediente Nº 11542, de fecha 14 de diciembre 2006, del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS); la Ley 24.076 y su Decreto Reglamentario Nº 1738 del 18 de septiembre de 1992; y

CONSIDERANDO:

Que BUENOS AIRES GAS S.A. (en adelante BAGSA) fue autorizada por este Organismo para operar y mantener como Subdistribuidor las instalaciones necesarias para proveer con Gas Licuado de Petróleo por redes a las Localidades de Oriente y El Perdido, Partido de Coronel Dorrego, Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución ENRG Nº I/091/07.

Que en lo que respecta a la operación y mantenimiento de las instalaciones en cuestión, BAGSA debía acompañar los datos necesarios a los fines de que este Organismo pudiera determinar la tarifa respectiva.

Que consecuentemente mediante las Actuaciones ENARGAS Nº 20884/06 y 5492/08 BAGSA remite la documentación e información actualizada necesaria para el cálculo de la tarifa correspondiente.

Que posteriormente, se procede a determinar el Cuadro Tarifario que será de aplicación para la provisión de GLP distribuido por redes en las aludidas Localidades.

Que las Gerencias de Desempeño y Economía y de Distribución, han procedido a la confección del respectivo Cuadro Tarifario, según consta en el Punto II del Informe GDyE/GD Nº 218/10.

Que en el mencionado informe manifiestan que el Cuadro Tarifario fue construido de conformidad con los datos informados por la Subdistribuidora en sus sucesivas presentaciones y empleando la metodología habitual de cálculo, esto es, mediante una evaluación económica financiera de los flujos de fondos generados por la obra en cuestión hasta la finalización de la autorización de Subdistribución y descontados al costo promedio ponderado de capital oportunamente determinado por la Autoridad Regulatoria, de 13.1% para la actividad en cuestión.

Que el Cuadro Tarifario fue determinado en base a los datos sobre cantidad de usuarios, distancias y costos informados por BAGSA, analizados de acuerdo a su razonabilidad dentro de los parámetros o valores de mercado, y en función al consumo promedio por usuario de la zona.

Que por efecto de la aplicación del subsidio dispuesto por la Ley Provincial Nº 13.126, los usuarios finales de las citadas localidades abonarán por el servicio prestado por BAGSA las tarifas finales de gas natural que surjan de los Cuadros Tarifarios autorizados por el ENARGAS a Camuzzi Gas Pampeana...

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