ACU-3020. Meteoritos y demás cuerpos celestes: bienes culturales (Antes Ley 26306)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAdministrativo Cultura
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación19 de Diciembre de 2007
Fecha de Sanción14 de Noviembre de 2007
Artículo 1º

Los meteoritos y demás cuerpos celestes que se encuentren o ingresen en el futuro al territorio argentino, su espacio aéreo y aguas jurisdiccionales son bienes culturales en los términos del primer párrafo del artículo 2º de la Ley 25197 .

Artículo 2º

Los meteoritos y demás cuerpos celestes referidos en el artículo precedente quedan comprendidos dentro de los efectos y alcances de la 'Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia ilícitas de bienes culturales', aprobada por Ley 19943 y por la 'Convención de UNIDROIT sobre Objetos Culturales Robados o Exportados Ilegalmente', aprobada por Ley 25257 .

LEY ACU-3020

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