3º Sección: Sociedades – Personas Jurídicas – Asambleas y Otras

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SECCION
SUMARIO
SOCIEDADES - PERSONAS
JURÍDICAS - ASAMBLEAS Y OTRAS
3a
MARTES 9 DE MAYO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 87
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Asambleas ..................................... Pag. 1
Fondos de Comercio ...................... Pag. 9
Sociedades Comerciales ............... Pag. 9
ASAMBLEAS
“LAS CAÑITAS SOCIEDAD
ADMINISTRADORA S. A.
Convócase a los Sres. Accionistas de Las Cañi-
tas Sociedad Administradora S.A. a la Asamblea
General Ordinaria a celebrarse el día viernes 24
de mayo de 2017 a las 14:00 horas en prime-
ra convocatoria y a las 15:00 horas en segun-
da convocatoria, en calle Alvear N° 47 Piso 2°
Dpto. “B” (Administración Colomer), de la ciudad
de Córdoba, para tratar el siguiente ORDEN
DEL DIA: 1) Elección de dos accionistas para
que conjuntamente con el Sr. presidente suscri-
ban el acta de asamblea. 2) Consideración de
la documentación que establece el artículo 234,
Inc. 1º de la Ley General de Sociedades 19.550,
su aprobación y raticación correspondiente al
Ejercicio Económico Nº 10 nalizado el 31 de
Diciembre de 2016. 3) Tratamiento y considera-
ción del proyecto de distribución de utilidades. 4)
Consideración de la gestión del Directorio por el
ejercicio cerrado al 31 de Diciembre de 2016 y la
retribución de los Directores por su desempeño.
5) Fijación del número y elección de Directores
titulares y suplentes, que durarán en su cargo un
ejercicio conforme el Artículo Noveno del Esta-
tuto. Nota: a) Los Accionistas deberán comuni-
car su asistencia mediante nota presentada en
la sede social con una anticipación de tres días
hábiles al de la fecha de la misma en la Admi-
nistración Colomer. b) Asimismo se notica a los
accionistas que se encuentra a su disposición
en el domicilio de la Administración Colomer la
documentación correspondiente al Art. 234 inc.
1 de la Ley 19550 y demás información relativa a
los temas objeto de tratamiento de la Asamblea.
El Presidente.
5 días - Nº 97245 - $ 3221,65 - 15/05/2017 - BOE
ASOCIACION CIVIL VANGUARDIA
FEMENINA B° COMERCIAL
Convocatoria Asamblea General Ordinaria: La
Comisión Directiva convoca a los asociados a
Asamblea General Ordinaria, a celebrarse el
dia 10 de Mayo de 2017, a las 16:00 horas, en
la sede social sita calle Laboulaye 337 B° Co-
mercial para tratar el siguiente orden del día:1)
Designación de dos asociados que suscriban el
acta de asamblea junto con al Presidente y Se-
cretaro;2) Consideración Memoria, Informe de la
Comisión Revisora de Cuentas t documentación
contable correspondiente al Ejercicio Economico
N° 4 cerrado el 31 de Diciembre de 2016 y; 3)
Elección autoridades.
1 día - Nº 98847 - $ 472,30 - 09/05/2017 - BOE
LA ANGELITA S.R.L.
CORONEL MOLDES
CORONEL MOLDES- LA ANGELITA S.R.L.- Por
Esc. Púb. Nº 17, Sec. A”, de fecha 01/03/2017, labra-
da por la Esc. A. R. Mugnaini, Tit. Reg. Nº 285 de
Río IV, se protocolizó el Acta de Reunión de socios
de fecha 21/12/2016, donde los socios Luis Alberto
SERRA, D.N.I. 11.668.480 y Osvaldo Mario SE-
RRA, D.N.I. Nº 10.053.926, representantes del
100% del Capital Social decidieron por unanimidad
aprobar: La Cesión de cuotas sociales del
30/03/2016: CEDENTES: Rubén Eduardo CRES-
PO, D.N.I. Nº 13.078.841; Alberto Ignacio CRES-
PO, D.N.I. Nº 13.078.840; Alina Delia RUBINO,
D.N.I. Nº 01.970.056; María del Pilar CRESPO,
D.N.I. Nº 16.169.593: CANTIDAD DE CUOTAS:
500 cuotas sociales de valor nominal $ 10,00 c/u
de LA ANGELITA S.R.L. (en la proporción de 125
cuotas sociales c/u de los cedentes), a favor del
socio Luís Alberto SERRA; La Cesión de cuotas
del 05/05/2016: CEDENTE: Osvaldo Mario SE-
RRA: Cantidad de cuotas: 650 cuotas sociales de
valor nominal $ 10,00 c/u de LA ANGELITA S.R.L.,
a favor del socio Sr. Luís Alberto SERRA; Modicar
las Cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta, Adecuar y
Reordenar integralmente el ESTATUTO SOCIAL:
PRIMERA: (Denominación): Se constituye una so-
ciedad comercial cuya denominación será “LA AN-
GELITA S.R.L.”.- SEGUNDA: (Domicilio): Tendrá su
domicilio en jurisdicción de la ciudad de Coronel
Moldes, Pcia. de Cba., Rep. Argentina, pudiendo
establecer agencias y/o sucursales en cualquier
lugar de la República Argentina.- TERCERA: (Ob-
jeto): La sociedad tiene por objeto: 1) La explota-
ción integral de establecimientos Ganaderos o
Cabañeros para la cría, engorde, e invernada de
ganado vacuno y/o otras especies animales y la
exportación de haciendas generales de cruza o de
pedigree; y la explotación de Establecimientos
Agrícolas, para la producción de especies cereale-
ras y forrajeras, comprendiendo toda clase de acti-
vidades agropecuarias, desde la siembra y cultivos
directos y a porcentaje de semillas; extenderla a
las etapas de comercialización de todos los pro-
ductos derivados y/o relacionados con su explota-
ción y exportación, como agroquímicos, semillas;
2) Explotación de Establecimientos Ganaderos
para la cría, engorde e invernada de ganado vacu-
no, ovino, porcino, caprino, equino; cabañeros para
la cría de toda especie de animales de pedigree; 3)
La realización de cualquier otra actividad vinculada
a las anteriores y que permitieran el mejor cumpli-
miento de su objeto principal.- Para el logro de su
objeto la Sociedad podrá realizar: ACTIVIDADES
FINANCIERAS: Mediante el aporte de capitales a
entidades por acciones, negociación de valores
mobiliarios y operaciones de nanciación exclu-
yéndose las actividades comprendidas en la Ley
de Entidades Financieras.- A tal n la sociedad tie-
ne plena capacidad jurídica para adquirir dere-
chos, contraer obligaciones y ejercer todos los ac-
tos que no sean prohibidos por la leyes o este
Estatuto.- CUARTA: (Capital Social): El Capital So-
cial lo constituye la suma de PESOS VEINTE MIL
($ 20.000,00), dividido en DOS MIL (2000) CUO-
TAS de PESOS DIEZ ($ 10,00) cada una, las cua-
les han sido suscriptas e integradas por los socios
en la siguiente proporción: El socio Luís Alberto
SERRA la cantidad de MIL NOVECIENTAS
(1.900) CUOTAS de PESOS DIEZ (10,00) cada
una, por un total de PESOS DIECINUEVE MIL ($
19.000,00) y el socio Osvaldo Mario SERRA la
cantidad de CIEN (100) CUOTAS de PESOS DIEZ
(10,00) cada una, por un total de PESOS UN MIL
($ 1.000,00).- QUINTA: (Duración): La sociedad tie-
ne una duración de VEINTE (20) AÑOS contados
desde la inscripción de la Reconducción de la mis-
ma en el Registro Público con fecha 17 de Octubre
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 87
CORDOBA, (R.A.), MARTES 9 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS
3a“2016 - 2017 Año Brocheriano“
de 2016 por lo que su vencimiento operaría el 17
de Octubre de 2036.- SEXTA: (Administración y
Representación): La Administración y Representa-
ción de la sociedad será ejercida por los socios
señores Luís Alberto SERRA y Osvaldo Mario SE-
RRA en calidad de GERENTES, pudiendo actuar
en forma conjunta o indistinta, quienes usarán su
rma precedida del sello social.- En el ejercicio de
la Administración podrán para el cumplimiento de
sus nes sociales constituir toda clase de dere-
chos reales, permutar, ceder, tomar en locación
bienes inmuebles, administrar bienes de terceros,
nombrar agentes, otorgar poderes generales y es-
peciales, realizar todo otro acto o contrato por el
cual se adquieran o enajenen bienes, contratar o
subcontratar cualquier clase de negocio, tomar di-
nero en préstamo, garantizado o no con derechos
reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelar-
las, aceptar pagos por entrega de bienes, aanzar
obligaciones de terceros, ya sea que se trate de
personas humanas y jurídicas, incluso constitu-
yendo garantías reales, y realizar todos los actos
previstos por Art. 375 del Código Civil y Comercial
de la Nación, dispuesto por el Art. 9 del Decre-
to-Ley 5.965/63, haciéndose constar que la pre-
sente reseña es meramente enunciativa.- La so-
ciedad podrá ser representada por los socios
gerentes indistintamente, en forma personal, ante
las reparticiones nacionales, provinciales o munici-
pales, incluso Dirección General Impositiva, Direc-
ción General de Rentas, Registro de Créditos
Prendarlos, Ministerios, Secretarías de Estado,
Tribunales y ante cualquier repartición pública,
mixta o privada.- SEPTIMA: (Capacidad legal de la
Sociedad). Para el cumplimiento de su objeto so-
cial la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica.-
OCTAVA: (Balance, Inventario, distribución de utili-
dades y pérdidas): El día treinta de Noviembre de
cada año se practicará el inventario y balance ge-
neral.- La aprobación del balance e inventario re-
querirá la mayoría que dispone la Cláusula Undé-
cima de este Contrato.- Cuando la sociedad
alcance el capital social jado por el Art. 299, Inc.
2do. de la LGS 19.550 (T.O. Ley 26.994), los socios
reunidos en asamblea resolverán sobre los esta-
dos contables del ejercicio, para cuya considera-
ción serán convocados dentro de los cuatro meses
de su cierre.- NOVENA: Luego de efectuadas las
amortizaciones, reservas de carácter legal y otras
reservas voluntarias, siempre que las mismas fue-
ren razonables y respondan a una prudente admi-
nistración, las que deberán ser aprobadas por los
socios conforme al Art. 160 de la LGS 19.550 (T.O.
Ley 26.994), los dividendos que resulten por ga-
nancias realizadas y líquidas, se distribuirán a los
socios a su participación en el capital social.- Las
pérdidas, si las hubiere, serán soportadas en la
misma proporción.- DECIMA: (Fiscalización): La
scalización de las operaciones sociales podrá ser
efectuada en cualquier momento por cualquiera de
los socios, pudiendo inspeccionar libros, cuentas y
demás documentos de la sociedad, exigiendo en
su caso la realización de balances parciales y ren-
diciones de cuentas especiales.- DECIMO PRI-
MERA: (De las reuniones de socios, resoluciones,
mayorías): Los socios deberán reunirse cuando lo
requiera cualquiera de los gerentes.- La convoca-
toria de la reunión se hará por citación personal a
los socios, en el ultimo domicilio conocido por la
sociedad.- Puede prescindir de la citación si reuni-
dos todos los socios aceptan deliberar.- La autori-
dad que convoca ja el orden del día, sin perjuicio
de que pueda ampliarse o modicarse si estuviere
presente la totalidad del capital y la decisión en
este caso se adopte por unanimidad de los so-
cios.- Las decisiones o resoluciones de los socios
se adoptarán por el régimen de mayorías que re-
presente como mínimo mas de la mitad del capital
social.- Si un solo socio representare el voto mayo-
ritario, se necesitará además el voto del otro.-
Cada cuota sólo da derecho a un voto, según lo
dispuesto por el Art. 161 de la LGS 19.550 (T.O.
Ley 26.994).- Los socios tendrán derecho de rece-
so, conforme a lo previsto en los Art. 160 y 245 de
la LGS 19.550 (T.O. Ley 26.994).- Se llevará un li-
bro de actas, de acuerdo con lo dispuesto por el
Art. 73 de la LGS 19.550 (T.O. Ley 26.994), en el
cual se asentarán las resoluciones y acuerdos que
tomen los socios en sus reuniones quienes debe-
rán suscribirlas.- DECIMO SEGUNDA: (Derechos
y obligaciones de los socios): Los derechos y obli-
gaciones de los socios que surgen del presente
contrato y de la LGS 19.550 (T.O. Ley 26.994), co-
mienzan desde su inscripción en el Registro Publi-
co.- DECIMO TERCERA: (Cesión de Cuotas): El
socio que desee retirarse de la sociedad, deberá
ponerlo en conocimiento de sus consocios por me-
dio fehaciente con una antelación no menor a los
treinta días al cierre del ejercicio en curso.- Sus
consocios tendrán preferencia en la compra de las
cuotas con el haber societario que le correspon-
diere que surgirá del balance que a tal n se con-
feccionará a valores de plaza de ese momento y le
será abonado a los treinta días de ser aceptado.-
El socio no podrá hacerlo a favor de terceros, sal-
vo expreso consentimiento de sus consocios y
conforme a lo establecido en la LGS 19.550 (T.O.
Ley 26.994).- DECIMO CUARTA: (Fallecimiento de
socios): En caso de fallecimiento de cualquiera de
los socios, sus herederos se incorporarán a la so-
ciedad por la cuota social del socio fallecido.- Su
incorporación se hará efectiva cuando éstos acre-
diten su calidad de herederos con copia del auto
de declaratoria respectivo, actuando en el ínterin,
en su representación, el administrador de la suce-
sión.- Las limitaciones a la transmisibilidad, de las
cuotas explicitadas en el Articulo Décimo Tercero
del presente serán inoponibles a las cesiones que
los herederos realicen dentro de los tres (3) meses
de su incorporación.- Pero la sociedad o los socios
podrán ejercer opción de compra por el mismo
precio, dentro de los quince días de haberse comu-
nicado a la gerencia el propósito de ceder, la que
deberá ponerlo en conocimiento de los socios en
forma inmediata y por medio fehaciente.- DECIMO
QUINTA: (Disolución y liquidación): La sociedad
se disuelve: a) por decisión de los socios; b) por
expiración del término por el cual se constituyó y
recondujo; c) por cumplimiento de la condición a la
que se subordinó su existencia; d) por consecución
del objeto para el cual se formó o por la imposibili-
dad sobreviviente de lograrlo; e) por la pérdida del
capital social; f) por declaración en quiebra-La di-
solución quedará sin efecto si se celebrare aveni-
miento o concordato resolutorio; g) por fusión en
los términos del Art. 82 de la LGS 19550 (T.O. Ley
26.994); h) por sanción rme de cancelación de
oferta pública o de la cotización de sus acciones; la
disolución podrá quedar sin efecto por resolución
de asamblea extraordinaria reunida dentro de los
sesenta (60) días, de acuerdo al Art. 244 , Párr. 4º;
i) por resolución rme de retiro para funcionar si
leyes especiales la impusieran en razón del objeto
(Texto según Ley 26.994); j) por reducción a uno
del número de socios; la disolución a uno del nú-
mero de socios no es causal de disolución, impo-
niendo la transformación de pleno derecho de las
sociedades en comandita, simple o por acciones,
y de capital e industria, en sociedad anónima uni-
personal, si no se decidiera otra solución en el tér-
mino de tres (3) meses (Texto según Ley 26.994).-
DECIMO SEXTA: Extinguido el pasivo social los
liquidadores confeccionarán el balance nal y el
proyecto de distribución; reembolsarán las partes
de capital y el excedente, si lo hubiere, se distribui-
rá en proporción a la participación de cada socio
en las ganancias.- En caso de pérdidas se distri-
buirán en igual proporción”.- Se deja establecido
que el domicilio social de la entidad es en calle
Sarmiento Nº 25, de la ciudad de Coronel Moldes,
Pcia. de Cba., Rep. Arg., la que deberá inscribirse
en el Registro Publico de Córdoba en los términos
del del Art. 11, Inc. 2º de la LGS 19.550 (t.o. Ley
26.994).-
1 día - Nº 97273 - $ 4961,96 - 09/05/2017 - BOE
CÁMARA DE FABRICANTE DE ELEMENTOS
DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL DE
CÓRDOBA -CAFAESIC
De conformidad con lo dispuesto en los estatu-
tos sociales, convocase a los asociados de la
Cámara de Fabricantes de Elementos de la Se-
guridad Industrial de Córdoba (CAFAESIC), a la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR