3º Sección: Sociedades – Personas Jurídicas – Asambleas y Otras

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SECCION
SUMARIO
SOCIEDADES - PERSONAS
JURÍDICAS - ASAMBLEAS Y OTRAS
3a
VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 254
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Asambleas ......................................Pag. 1
Sociedades Comerciales ............... Pag. 5
ASAMBLEAS
DIV OPERADOR S.A.
Por acta N° 4 de asamblea general ordinaria
unánime de fecha 24 de octubre del 2014 los ac-
cionistas de la sociedad DIV OPERADOR S.A.
y cuyas tenencias accionarias representan el
100% del Capital Social resolvieron aprobar por
unanimidad la memoria, el balance general, es-
tado de resultados y demás estados contables
y anexos correspondientes al ejercicio cerrado
con fecha 30 de junio del 2014 y se aprobó por
unanimidad la designación como miembros del
directorio por el término de tres (3) ejercicios a
la señora Alina Griselda Helena Rossanigo, DNI
16.947.782 como Director Titular y Presidente del
Directorio y al señor Osvaldo Roman Carrera,
DNI 17.158.473, como Director Suplente.
3 días - Nº 83582 - $ 1445,70 - 27/12/2016 - BOE
CLUB DEPORTIVO RÍO CUARTO
La Comision del Club Deportivo Río Cuarto con-
voca a Asamblea General Ordinaria para el día
10 de enero del 2017 a las 22 horas en el sa-
lón del Club Deportivo Río Cuarto sito en calle
Juan Manuel Fangio Nº 6501 de la ciudad de Río
Cuarto. Orden del día: 1) Elección de dos socios
para suscribir el acta de Asamblea junto con el
Presidente y Secretario. 2) Consideración convo-
catoria fuera de termino. 3) Aprobación de Me-
morias, Informes de Comisión Revista de Cuen-
ta, Balances Generales y Cuadro de Resultado
de Ejercicios Económicos Nº 6 al 12 cerrados el
31/12/2009, 31/12/2010, 31/12/2011, 31/12/2012,
31/12/2013, 31/12/2014 y 31/12/2015. 4) Elec-
ción de Autoridades de Comisicíon Directiva y
Comisíon Revisora de Cuenta
3 días - Nº 83597 - $ 622,08 - 27/12/2016 - BOE
CONSEJO DE ADMINISTRACION -
A.C.P.S.A.J.C.
Dando cumplimiento a las disposiciones legales
y estatutarias, el consejo de administración de
Asociación Civil para la Sanidad Animal – James
Craik, convoca a Asamblea General Extraordina-
ria para el día 30/12/16 a las 21:00 hs en la sede
administrativa, para tratar el siguiente orden del
día: 1) Elección de dos asociados para que junto
al presidente y secretario suscriban el acta de
asamblea. 2) Incorporación de nuevos asocia-
dos a A.C.P.S.A. siempre que reunan los requi-
sitos normados por el Estatuto y previo al pago
de $ 100,00 de cuota social única. 3) Elección
de lista para ocupar el cargo de Vicepresidente,
Tesorero y Primer Vocal, por renovación parcial
de la Comisión Directiva y miembro del Órgano
de Fiscalización, de acuerdo al art. 14 y art. 17
del Estatuto Social. 4) Consideración de la me-
moria, balance general, estado de resultados,
cuadros y anexos, como así también del informe
del Órgano de Fiscalización, todos correspon-
dientes al ejercicio económico 2015. Fdo.: LUIS
JORGE CASSI – PRESIDENTE; RAUL ROQUE
RABOZZI – SECRETARIO.
3 días - Nº 84125 - s/c - 23/12/2016 - BOE
ASOCIACION CORDOBESA DE BOX
Convoca a Asamblea Gral Ord el 08/01/2017 a
las 16:00 hs en Av. de Mayo Nº 1554 Bº V El
Libertador para tratar el orden del día: 1-Infor-
me de la Comisión Normalizadora 2-Elección
de Comisión Directiva 3-Elección de Comisión
Revisora de Ctas 4-Bce demostrativo del Estado
Patrimonial de la Entidad.
3 días - Nº 83910 - $ 561,96 - 27/12/2016 - BOE
COOPERATIVA ELÉCTRICA Y
DE SERVICIOS PÚBLICOS
“MEDIA NARANJA” LTDA.
EL BRETE
Convoca a Asamblea General Ordinaria el día
30/12/16, a las 07,00 hs. en Sede Social de El
Brete, sito en Ruta A 175 Km.8. dpto. Cruz del
Eje, Córdoba. Orden del Día: 1) Designación de
2 Asambleístas para que juntamente con el Pre-
sidente y Secretario, rmen el acta; 2) Motivos
por los cuales se convoca fuera de término. 3)
Consideración de la Memoria, Balance Gene-
ral, Estados de Resultados y Cuadros Anexos;
Informe de Auditoría, Informe del Síndico y Pro-
yecto de Distribución de Excedentes, correspon-
diente al Ejercicio Económico N° 50, cerrado el
31/12/15; 4) Designación de la Comisión de
Credenciales y Escrutinio de 3 miembros. 5)
Elección de Autoridades: a) 6 Consejeros por 2
Ejercicios y 3 Suplentes por 1 Ejercicio, para el
Consejo de Administración; b) 1 Síndico Titular y
1 Suplente por 1 Ejercicio. Tolerancia: Art. 32 en
vigencia. Todo en cumplimiento del imperativo
legal de Rigor.-
3 días - Nº 83776 - $ 1719,72 - 27/12/2016 - BOE
CLUB NEWBERY & EVERTON
CRUZ ALTA
Convocase a los asociados del Club Newbery &
Everton Social y Deportivo a la Asamblea Gene-
ral Ordinaria a llevarse a cabo en la Sede Social
el día martes 24 de enero de 2017 a las 20:00Hs.
Para tratar el siguiente Orden del Día: 1. Designa-
ción de 2 socios para que en representación de
la Asamblea Ordinaria rmen el acta respectiva;
2. Consideración y aprobación de la Memoria,
Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos,
e informes del Organismo de Fiscalización del
ejercicio periodo: 01/07/2015 a 30/06/2016. 3.
Considerar y raticar los aumentos de las cuotas
sociales; Art. 29: de los Estatutos Sociales, no
habiendo quórum para la hora jada la Asam-
blea sesionara validamente 30 minutos después
con los socios presentes.
1 día - Nº 84469 - $ 547,70 - 23/12/2016 - BOE
AEROCLUB LABOULAYE
ASOCIACIÓN CIVIL
La Comisión Directiva del AEROCLUB LABOU-
LAYE, CONVOCA a Asamblea General Ordi-
naria el día 26 de Diciembre de 2016, a las
19:30 horas, en el local de la entidad sito en ex
Ruta Nacional Nº 7 s/n, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA: 1) Lectura y consideración
del acta anterior. 2) Motivos por los que se con-
voca a Asamblea fuera de término. 3) Elección
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AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 254
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2016
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SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS
3a“2016 - 2017 Año Brocheriano“
de dos socios para que conjuntamente con el
Presidente y Secretario suscriban el acta. 4)
Consideración de la Memoria, Balance Gene-
ral, Estado de Resultados e Informe de la Co-
misión Revisora de Cuentas, correspondiente a
los ejercicios cerrados el 30 de Junio de 2014,
30 de Junio de 2015 y 30 de Junio de 2016.
5) Elección de autoridades titulares para con-
formar la Comisión Directiva, por el término de
dos años. 6) Elección de tres miembros para
conformar la Comisión Revisora de Cuentas
por un año. Norberto Gallo - José Luis Zoppi -
Presidente - Secretario
1 día - Nº 84500 - $ 778,70 - 23/12/2016 - BOE
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONÓMICAS DE CÓRDOBA
RESOLUCION Nº 110/16 DETERMINACIÓN
HONORARIOS LEY PROVINCIAL 7626 Y
MODIFICACIÓN ART. 7 DE LA RESOLUCIÓN
DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 32/87
VISTO: La Ley Nacional Nº 20.488 “Ciencias
Económicas - Normas para el Ejercicio de la
Profesión, la cual, en su ar t. 21, determina las
funciones de los Consejos Profesionales, de-
biendo destacarse en esta oportunidad las men-
cionadas en los incs. a) e i) de la citada normati-
va; La Ley Provincial Nº 10.051 “Reglamento del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de
Córdoba”, arts. 5 inc. b), 14 y 65 inc. c) en donde
se denen las atribuciones de la Asamblea de
inscriptos, del Consejo Directivo y la conforma-
ción del patrimonio del Consejo Profesional, res-
pectivamente; El art. 6 de la Ley 7626 compren-
dido en el Título I - Disposiciones Generales – y
arts. 108 y 109 de la misma ley en el Título XI -
Disposiciones Complementarias -, sobre los ho-
norarios profesionales; La Resolución nº 32/87
– (t.o. 1996) dictada en cumplimiento del art. 7º
concordantes y correlativos de la Ley 7626 sobre
honorarios profesionales; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional Nº 20.488 en su art. 21 dis-
pone dentro de las atribuciones de los Consejos
Profesionales, entre otras, dar cumplimiento a
las disposiciones de la citada ley y otras relacio-
nadas con el ejercicio profesional, y sus respec-
tivas reglamentaciones. Que correlativamente, la
Ley Provincial 7626 – honorarios profesionales
– en su art. 6 establece que: “Los montos y esca-
las establecidas en esta Ley deberán reejar las
oscilaciones del nivel de precios al consumidor
de la ciudad de Córdoba.”; mientras que el art.
108 del citado plexo legal dispone que: “El Con-
sejo deberá publicar e informar a los organismos
ociales y privados que correspondan, las modi-
caciones que se realicen periódicamente en
virtud de lo dispuesto por el art. 6 de la presente
Ley”.Que si bien desde hace varios años este
Consejo ha implementado honorarios indicati-
vos por Resolución 71/08 (t.o. 21/07/2016) a n
de paliar en alguna medida la inestabilidad eco-
nómica y la constante desvalorización de la mo-
neda fundamentalmente desde la salida de la
convertibilidad, de acuerdo a la experiencia re-
cabada, los mismos al resultar sólo referencia-
les no han tenido la fuerza vinculante necesaria
que permita salvaguardar la mentada intangibili-
dad de los honorarios profesionales, desde el
momento en que lo que está comprometido es
nada menos que el derecho del profesional a
una retribución digna de sus servicios, y como
consecuencia de ello, los recursos para el cum-
plimiento de los nes de orden público a cargo
del Consejo Profesional de Ciencias Económi-
cas y que están en gran medida ligados a aque-
llos. Que desde una simple y literal interpreta-
ción de la ley 7626 , la misma se orientó
claramente, en letra y espíritu, a consagrar un
régimen de honorarios justo y equitativo para los
profesionales alcanzados por dicha normativa,
que les permita una retribución digna por su ac-
tividad profesional, preservándolos del agelo
de la inación que nadie puede desconocer en
estos tiempos que vive el país. Asimismo, y por
carácter transitivo, procuró también preservar
los recursos económicos del Consejo Profesio-
nal de Ciencias Económicas, que guardan rela-
ción directa en ese punto, en términos de por-
centualidad, con los honorarios que surjan de la
aplicación de aquella ley (art. 24 Ley 20.488/73,
art. 65 inc. c de la Ley 10.051 y art. 109 de la Ley
7626); Que ninguno de estos objetivos que ha-
cen a la esencia y nalidad de la norma, podrían
cumplirse si no se preservan valores estables,
fundamentalmente teniendo en cuenta el carác-
ter alimentario de los honorarios profesionales
reconocido por la Corte Suprema de Justicia de
la Nación en reiterados pronunciamientos, y una
solución contraria devendría claramente incons-
titucional, por violar la garantía de la propiedad
de los profesionales, máxime teniendo en cuen-
ta los datos ociales del INDEC hasta el año
2006 y de otras fuentes conables hasta el año
2016, de donde surge que la inación en la Ar-
gentina rondó aproximadamente el 1.400 por
ciento, y la variación del índice de precios al con-
sumidor en la ciudad de Córdoba, se incrementó
aproximadamente en un 900 por ciento. Que en
virtud de todo lo hasta aquí manifestado, es ne-
cesario dar cumplimiento con lo dispuesto en los
arts. 6 y 108 de la Ley 7626, y a tales nes modi-
car los montos y escalas establecidos en el ci-
tado plexo normativo, reejando en términos de
razonabilidad y equidad los efectos de la varia-
ción del nivel de precios al consumidor de la ciu-
dad de Córdoba, sin que ello signique trasladar
en su totalidad el impacto de la variación experi-
mentada desde la última modicación. Que en
ese marco de razonabilidad y equidad, la ade-
cuación de los honorarios deberá estar reejada
tanto en los valores de las escalas para cada
una de las tareas previstas en la ley – en los
casos que así lo prevea -, como así también en
los montos jos previstos para cada una de
ellas, en tanto que no modicar los valores de
las escalas implicará una mayor carga para el
comitente en determinados supuestos. Que para
la determinación de los honorarios previstos
para las tareas descriptas en el Título VIII de la
citada ley – Honorarios en materia Contable – en
donde el Consejo Profesional interviene legali-
zando la rma del profesional actuante con de-
pósito de honorarios según lo dispuesto por Re-
solución Nº 32/87 (t.o. 1996) en su art. 1, se
debe tener en cuenta, además, el análisis esta-
dístico y los estados contables de mayor fre-
cuencia según la escala del art. 74 de la ley, a n
de que la adecuación que se propugna con la
presente resolución, no represente una carga
exorbitante o desproporcionada en determina-
dos casos. Que la adecuación de los honorarios
deberá estar reejada en todas las tareas previs-
tas en la ley; no obstante ello, con la presente
resolución se revisarán únicamente los valores
previstos en la escala del art. 74 de la Ley 7626,
actividad que requiere el depósito obligatorio
(Res. 32/87 t.o. 1996) e intervención de legaliza-
ción por parte de la Institución, encomendando a
la Mesa Directiva para que por sí o mediante
Comisión Ad hoc, lleve a cabo la adecuación de
honorarios correspondiente al resto de las ta-
reas que se describen en la ley en los demás tí-
tulos, en la misma proporción y criterios segui-
dos en la presente, sin perjuicio de considerar la
especicidad que cada actividad conlleva, lo que
deberá ser aprobado por este órgano de gobier-
no en un plazo no mayor a 90 días contados a
partir de la aprobación de la Asamblea. Que
como se ha manifestado, es necesario también
preservar los recursos económicos del Consejo
Profesional, que guardan relación directa en tér-
minos de porcentualidad con los honorarios apli-
cables en materia contable (Res. 32/87
t.o.1996), en tanto que, sin dichos ingresos el
Consejo no podría cumplir con la gran gama de
servicios y sus elevados nes como persona de
derecho público no estatal, como por ejemplo:
coberturas de salud, capacitación, poder disci-
plinario, control del ejercicio ilegal, biblioteca,
etc, con insalvable tergiversación del sistema.
Que en esa línea conceptual, el 10 por ciento de
retención sobre los honorarios profesionales

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