Resolución 221/2011

Fecha de la disposición25 de Abril de 2011

Lunes 25 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.135 9

RESOLUCIONES Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 221/2011

Dase por declarado el estado de emergencia o desastre agropecuario en determinados departamentos de la Provincia de San Juan, a los efectos de la aplicación de la Ley N'º' 26.509.

Bs. As., 18/4/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0073947/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N'º' 26.509 y su Decreto Reglamentario N'º' 1712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión ordinaria de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 15 de marzo de 2011, y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de SAN JUAN a través del dictado del Decreto N'º' 198 de fecha 22 de febrero de 2011 declara el estado de emergencia y desastre agropecuario por causas de origen climático a las explotaciones agrÃcolas-ganaderas de los siguientes departamentos y zonas: a) por heladas y crecientes, a los Departamentos de Jachal e Iglesia y la zona de Pedernal en Sarmiento y b) por granizo, a los Departamentos de Albardón y Angaco y las zonas de Colonia Fernández en San MartÃn, el Mogote en Chimbas, Médano de Oro en Rawson, la Majadita en 9 de Julio y la Dehesa en Ullum, donde se vieron afectados los cultivos de vid, olivos, membrillos, ciruelas, nogales, frutales en general, y chacras como melones, sandias, zapallos, berenjenas, tomates, cebollas, pimientos, hortalizas en general, cultivos de semillas y flores e invernaderos, ocasionando daños que van desde el CUARENTA POR CIENTO (40%) y hasta el CIEN POR CIENTO (100%), en la producción como en la capacidad de producción, donde también fueron afectados los establecimientos pecuarios a causa de crecientes que les ocasionaron (daños de hasta un NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) en su capacidad de producción.

Que la Provincia de SAN JUAN presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, en la reunión ordinaria del 15 de marzo de 2011, la correspondiente solicitud para que se declare dentro de los términos de la Ley N'º' 26.509 la situación de emergencia agropecuaria indicada en el considerando anterior, y al mismo tiempo solicitó que la declaración a nivel nacional se apruebe para los casos donde las pérdidas fueron mayores al CINCUENTA POR CIENTO (50%), tal como lo establece lo normado por la Ley N'º' 26.509, pese a que el decreto provincial presentado declara en emergencia y desastre agropecuario para pérdidas mayores al CUARENTA POR CIENTO (40%).

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha analizado la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y entiende que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por heladas, granizo o crecientes, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley N'º' 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que es necesario establecer el perÃodo por el...

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