Disposición 431/2011

EmisorServicio Nacional de Rehabilitacion
Fecha de la disposición25 de Abril de 2011

Lunes 25 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.135 30

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Reconócese al Organismo de Certificación del Instituto Nacional de TecnologÃa Industrial como Entidad Certificadora de lo dispuesto en los artÃculos 1'º y 2'º de la Resolución (MSN) N'º' 583/08, en los términos establecidos por la Resolución (MSN) N'º' 2/11.

ARTICULO 2

'º — Quedan habilitados para actuar como certificadores en representación del Organismo de Certificación del Instituto Nacional de TecnologÃa Industrial el señor Gabriel VIGNOLA (DNI N'º' 7.829.616), Subgerente de Calidad en las Medicinas, y las Señoritas Karina BISCIOTTI (DNI N'º' 20.713.107), Directora del Organismo de Certificación y Beatriz MARTINEZ (DNI N'º' 5.645.326),

Gerente General Operativa, en forma indistinta o conjunta.

ARTICULO 3

'º — Infórmese de manera fehaciente de lo dispuesto a la DIRECCION DE LEALTAD COMERCIAL del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a la DIRECCION TECNICA DE IMPORTACION de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION y a INTI-Plásticos.

ARTICULO 4

'º — RegÃstrese, comunÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archÃvese. — Dr. JAIME LAZOVSKI, Subsecretario de Relaciones Sanitarias e Investigación.

e. 25/04/2011 N'º' 44431/11 v. 25/04/2011 SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición N'º431/2011

25/2/2011

ARTICULO 1

'º — CategorÃzase al Instituto propiedad de la “ASOCIACION MENDOCINA DE ACTIVIDADES PARA DISCAPACITADOS”, C.U.I.T. N'º' 30-65163524-8, con domicilio legal en la calle Montecaseros 2618 y real en la calle Montecaseros 2670, Código Postal 5500, Localidad de Mendoza, Provincia de Mendoza bajo la CategorÃa definitiva “A” para las prestaciones de Centro Educativo Terapéutico y Servicio de Apoyo a la Integración Escolar.

ARTICULO 2

'º — Encuádrese la atención brindada por el citado establecimiento bajo las modalidades prestacionales de Centro Educativo Terapéutico con un cupo de treinta (30) concurrentes en jornada simple turno mañana y turno tarde y Servicio de Apoyo a la Integración Escolar.

ARTICULO 3

'º â InscrÃbase al Instituto propiedad de la âASOCIACION...

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