Resolución 92/2011

EmisorSecretaria de Industria y Comercio
Fecha de la disposición25 de Abril de 2011

Lunes 25 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.135 20

ARTICULO 2

'º.- Confirmar la Resolución de fecha 29 de Marzo de 2006, dictada por el Jefe de la División JurÃdica de esta Dirección Regional Microcentro, que aplica al contribuyente DARNAUD PATRICIO RAUL, C.U.I.T. N'º' 20-23644254-4, una multa de PESOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 31.376,78), equivalente a un tercio (1/3) del cincuenta por ciento (50%) del impuesto omitido, de acuerdo a lo prescripto en los artÃculos 45 y 49 de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).

ARTICULO 3

'º.- Intimar al contribuyente para que dentro de los quince (15) dÃas de notificada la presente Resolución, ingrese la multa indicada en el artÃculo anterior. El depósito pertinente deberá efectuarlo en las instituciones bancarias habilitadas conforme a las normas en vigencia, bajo apercibimiento de gestionar su cobro por la vÃa de ejecución fiscal.

ARTICULO 4

'º.- Hacerle saber que, al efectuar el pago deberá comunicarlo de inmediato e indefectiblemente ante la Mesa de Entradas de la División JurÃdica de esta Dirección Regional Microcentro, sita en Sarmiento 1155, Piso 4'º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 5

'º.- Poner en conocimiento del contribuyente que mediante el dictado de la presente se ha completado el procedimiento administrativo previsto en los artÃculos 70 y 71 de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), quedando expedita la vÃa judicial. Para el caso que se opte por la interposición de demanda en los términos del artÃculo 82 de la norma antes citada, el recurrente deberá comunicar mediante nota y dentro de los cinco (5) dÃas de la respectiva interposición, a la División JurÃdica de la Dirección Regional Microcentro, acompañando copia de la citada demanda con la constancia de recepción judicial. Caso contrario se advierte que una vez vencido dicho plazo queda abierta la vÃa para el juicio de ejecución fiscal.

ARTICULO 6

'º .- NotifÃquese y resérvese.

e. 25/04/2011 N'º' 45272/11 v. 29/04/2011 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DIRECCION REGIONAL MICROCENTRO DIVISION JURIDICA Resolución S/MM/42/2006 (DV MJUR) Ciudad Autónoma de Bs. As., 5/4/2011

EL JEFE DE LA DIVISION JURIDICA DE LA DIRECCION REGIONAL MICROCENTRO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Ordenar la notificación por medio de edictos de la presente resolución, durante cinco dÃas en el BoletÃn Oficial, juntamente con su Anexo I, que contiene la parte resolutoria de la Resolución N'º' 34/08 (DI RMIC), suscripta con fecha 22/01/2008 por la entonces Directora de la Dirección Regional Microcentro, Contadora Patricia Alejandra Mendez, de conformidad con las previsiones establecidas en el último párrafo del artÃculo 100 de la Ley N'º' 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) y el artÃculo 43 del Decreto Reglamentario de la Ley N'º' 19.549 y resérvese. — Abog. CLAUDIO FERREYRA, Jefe División JurÃdica, Dirección Regional Microcentro.

ANEXO I RESOLUCION S/MM/42/2006

Transcripción de la parte resolutoria de la Resolución N'º' 34/08 (DI RMIC) de fecha 22/01/2008 suscripta por la entonces Directora de la Dirección Regional Microcentro, contadora Pública Patricia Alejandra Mendez.

ARTICULO 1

'º.- No hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto el 23 de Junio de 2006 por el contribuyente DARNAUD PATRICIO RAUL, C.U.I.T. N'º' 20-23644254-4, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.

ARTICULO 2

'º.- Confirmar la Resolución de fecha 24 de Mayo de 2006, dictada por el Jefe de la División JurÃdica de esta Dirección Regional Microcentro, que aplica al contribuyente DARNAUD PATRICIO RAUL, C.U.I.T. N'º' 20-23644254-4, una multa de PESOS DIECIOCHO MIL CIENTO DIEZ ($ 18.110,00), equivalente a un tercio (1/3) del cincuenta por ciento (50%) del impuesto omitido, de acuerdo a lo prescripto en los artÃculos 45 y 49 de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).

ARTICULO 3

'º.- Intimar al contribuyente para que dentro de los quince (15) dÃas de notificada la presente Resolución, ingrese la multa indicada en el artÃculo anterior. El depósito pertinente deberá efectuarlo en las instituciones bancarias habilitadas conforme a las normas en vigencia, bajo apercibimiento de gestionar su cobro por la vÃa de ejecución fiscal.

ARTICULO 4

'º.- Hacerle saber que, al efectuar el pago deberá comunicarlo de inmediato e indefectiblemente ante la Mesa de Entradas de la División JurÃdica de esta Dirección Regional Microcentro, sita en Sarmiento 1155, Piso 4'º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 5

'º.- Poner en conocimiento del contribuyente que mediante el dictado de la presente se ha completado el procedimiento administrativo previsto en los artÃculos 70 y 71 de la Ley 11.683 (texto...

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