1 Fº 265 Año 2008 - Estado Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos - 01/10/06 / 30/09/07 - Ref.: Partido Justicialista - Distrito Formosa

Fecha de disposición22 Abril 2008
Fecha de publicación22 Abril 2008
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31389

MARIA ESTHER ANGELA BARCAROLO, Prosecretaria Electoral Nacional.

e. 22/04/2008 Nº 576.572 v. 22/04/2008 PARTIDO JUSTICIALISTA Distrito Formosa Nº 24/08

Formosa, 3 de abril de 2008.

Y VISTOS:

Esta causa caratulada: 'Estado Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos.01.10.06/30.09.07 - Referente: Partido Justicialista --distrito Formosa--', expte Nº 1 Fº 265 año 2008; y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las constancias obrantes en la presente causa, el partido 'Justicialista' --distrito Formosa-- ha dado cumplimiento a las disposiciones del art. 50 de la ley nacional Nº 25.600 --actualmente art. 23 de la ley 26.21--, respecto a la presentación del estado anual de su patrimonio y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio contable correspondiente al año 2006-2007.

Que a fs. 276/278, obra la conclusión de la Auditoria realizada sobre el ejercicio económico 01.10.2006 al 30.09.2007 que nada obsta a la aprobación del mencionado estado contable sometido a análisis.

Que de la evaluación contable mencionada supra, no surge ninguna circunstancia que impida la total aprobación, del Estado Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos del año 20062007, en consecuencia, deberá mandarse a publicar, por un día, en el Boletín Oficial de la Nación y en un diario de circulación nacional, para dar a publicidad su contenido, a fin de cumplimentar con lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Nacional, en el entendimiento de que el alcance del término 'publicidad', a que alude la norma constitucional, 'debe interpretarse en el sentido de someter a un control efectivo las cuentas de los partidos políticos - y no en el dar mera noticias de ellas' (cfr. Fallo CNE 3010/02).

Asimismo el partido político, deberá mencionar en la publicación periodística el sitio de Internet, donde la ciudadanía en general puede consultar el mencionado estado contable, para su información.

Cabe recordar que la Cámara Nacional Electoral, en reciente precedente, significó que 'las características del régimen de financiamiento vigente tornan imperativo que el control patrimonial sea estricto y la publicidad de los ingresos y egresos partidarios detallada y constante' (Fallo CNE 3010/ 02). Se explicó, que la rendición de cuentas debe ser 'precisa' porque 'lo que se encuentra en juego es nada menos que el control efectivo sobre la utilización de los recursos pertenecientes al erario público' (cf. Fallo citado).

Que las circunstancias señaladas, configuran elementos suficientes a los fines de emitir un pronunciamiento, sin que sea necesario analizar otros elementos de juicio, puesto que se ha cubierto la finalidad impresa en la ley de fondo con el debido control y fiscalización del estado patrimonial y cuentas de ingresos y egresos correspondiente al ejercicio económico comprendido entre el 1º de octubre de 2006 al 30 de setiembre de 2007 de la agrupación política mencionada.

Por ello,

RESUELVO:

APROBAR EL ESTADO PATRIMONIAL Y CUENTAS DE INGRESOS Y EGRESOS correspondiente al ejercicio económico 2006-2007 (01.10.06/30.09.07) del Partido 'JUSTICIALISTA' --distrito Formosa--.

COMUNICAR al Boletín Oficial de la...

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