Decreto 905/2003

Fecha de disposición16 Abril 2003
Fecha de publicación16 Abril 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30132

SALARIOS SALARIOS

Decreto 905/2003

Increméntase el monto de la asignación no remunerativa de carácter alimentario fijada por el artículo 1° del Decreto N° 2641/2002.

Bs. As., 15/4/2003

VISTO el artículo 14 bis de la CONSTITUCION NACIONAL, los Convenios N° 98 y N° 154 de la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.), la Ley N° 25.561, los Decretos N° 1273 de fecha 17 de julio de 2002, N° 1371 de fecha 31 de julio de 2002, N° 2641 de fecha 19 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley N° 25.561 se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que con arreglo al inciso 2) del citado artículo 1° de la Ley N° 25.561, el PODER EJECUTIVO NACIONAL fue facultado a reactivar el funcionamiento de la economía, mejorar el nivel de empleo y de distribución de ingresos.

Que la crisis económica que atraviesa nuestro país ha deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios perjudicando a los trabajadores y acentuando la recesión que afecta a la economía nacional.

Que tanto la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO (C.G.T) como las confederaciones representativas de los distintos sectores empresarios que abarcan la totalidad del sector productivo, reconocieron expresamente la situación descripta y coincidieron en que resultaba necesario tomar medidas de emergencia tendientes a la recuperación del ingreso alimentario.

Que en razón de ello se dictó oportunamente el Decreto N° 1273/02, por el que se fijó a partir del 1° de julio de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2002, una asignación no remunerativa de carácter alimentario de PESOS CIEN ($ 100.-) mensuales, a ser percibida por todos los trabajadores del sector privado que se encuentran comprendidos en los convenios colectivos de trabajo.

Que posteriormente en la Comisión sobre Política de Ingreso de la Mesa de Diálogo para la Promoción del Trabajo Decente que se desarrolló en el ámbito y por convocatoria del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL los actores sociales mencionados arribaron, sin perjuicio de los disensos expresados por algunos sectores en particular, a la conclusión general de que resultaría factible y conveniente, garantizar la continuidad de la percepción de una asignación alimentaria, incrementándola escalonadamente y manteniendo la misma naturaleza y alcance, de la asignación no remunerativa alimentaria, fijada por el Decreto N° 1273/02.

Que razón de ello se dictó luego el Decreto N° 2641/02 por el que se fijó una asignación no remunerativa de carácter alimentario de PESOS CIENTO TREINTA ($ 130.-) mensuales, a partir del 1° de enero de 2003 y hasta el 28 de febrero de 2003 y una asignación no...

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