2º Sección: Judiciales

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Junio de 2022
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUEVES 24 DE FEBRERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 43
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
JUDICIALES
2a
REMATES
SUBASTA EXTRAJUDICIAL ART.39 – LEY
12.962. Por cta. y orden de John Deere Credit
Cia Financiera SA. el Martillero Daniel Alberto
Pernigotti, Matrícula 05-2964 Col. Mart. Córdo-
ba, comunica por 3 días que subastará el día 08
de MARZO de 2022, a partir de las 10,00 hs en
predio de la rma Remonda Castro SA, integran-
te de la red concesionarios John Deere, sito en
Av. Rosario de Santa Fe Nro. 425 de la ciudad de
San Francisco, Pcia. de Córdoba, donde estará
su bandera de remate, conforme el Art. 39 de la
Ley 12.962 y Art. 2229 del Cod. Civ. y Com. los
siguientes bienes que se detallan y se exhibirán,
desde el día 03 de marzo hasta el día del remate
en horario comercial en el lugar de la subasta, a
saber: 1) una cosechadora marca John Deere,
Mod. S670, origen Rep. Argentina, Motor J. Dee-
re N° J06090B014624, Chasis J. Deere N°:
1J0S670BHG0110334, Dominio: DFV 94; equip.
básico c/ cabina de aire acond., en el estado vis-
to y que se encuentra. Sec. Ord. en autos: “JOHN
DEERE CREDIT c/ AGROPECUARIA NORTE
S.A. s/ SEC. PREND. Expte. 18907/2021” Juz.
Nac. 1° Inst. en lo Com. N° 29 a cargo de la Dra.
Maria del Milagro Paz Posse – Juez, Sec. N° 57
a cargo de la Dra. Nancy Rodriguez: base U$S
255.000, de no haber ofertas acto seguido sal-
drá nuevamente a remate con una base retasa-
da de U$S 190.000 y en caso de reincidir la falta
de postores acto seguido saldrá a remate sin
base y al mejor postor, todo en el mismo acto. Se
deja constancia que 1) el 24/11/2020 se inscribió
la inhibición general de bienes de Agropecuaria
Norte S.A. ante el Registro de Nacional de la
Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios
ordenada en el marco de las actuaciones “BAN-
CO DE GALICIA Y BS AS SAU C/ AGROPE-
CUARIA NORTE S.A. Y OTROS S/ JUICIOS
EJECUTIVO (CUIJ 21-24195014-7)” en trámite
ante el Juzgado de 1° Inst. distrito Civil y Comer-
cial de la 2da. denominación de Rafaela, Provin-
cia de Santa Fe; 2) se trabó una inhibición gene-
ral de bienes de Agropecuaria Norte S.A. ante el
Registro de Nacional de la Propiedad Automotor
y de Créditos Prendarios ordenada en el marco
de las actuaciones “AGROPECUARIA NORTE
Remates ................................................... Pag. 1
Concursos y Quiebras .............................. Pag. 2
Declaratorias de Herederos ..................... Pag. 4
Cancelaciones de Documentos ............. Pag. 13
Citaciones ............................................... Pag. 13
Rebeldías ............................................... Pag. 33
Sentencias .............................................. Pag. 33
Usucapiones .......................................... Pag. 33
S.A. S/PEDIDO DE QUIEBRA -hoy concurso-“
(CUIJ N° 21-25858811-5)” los trámites del levan-
tamiento de las mismas (y/o de otras inhibicio-
nes y/o embargos que pudieran existir) serán a
cargo del comprador 2) una plataforma draper
exible marca John Deere, Mod. 640FD, origen
República Argentina, serie N°: 1J0640D-
BAG0115281, de 40 pies de ancho, en el estado
visto y que se encuentra, Sec. Ord. en autos:
“JOHN DEERE CREDIT c/ AGROPECUARIA
NORTE S.A. s/ SEC. PREND. Expte. 18907/2021”
Juz. Nac. 1° Inst. en lo Com. N° 29 a cargo de la
Dra. Maria del Milagro Paz Posse – Juez, Sec.
N° 57 a cargo de la Dra. Nancy Rodríguez: Base:
U$S 45.000, de no haber ofertas acto seguido
saldrá nuevamente a remate con una base reta-
sada de U$S 35.000 y en caso de reincidir la
falta de postores acto seguido saldrá a remate
sin base y al mejor postor, todo en el mismo
acto. Se deja constancia que en caso de existir
inhibiciones y/o embargos sobre el bien, el le-
vantamiento de las medidas será a cargo del
comprador; y 3) una cosechadora marca John
Deere, Mod. S660, origen Rep. Argentina, Motor
J. Deere N° J06090B014277, Chasis J. Deere N°:
1J0S660BEG0110247, Dominio: DEV 52; equip.
básico c/ cabina de aire acond., Plataforma
Flexible marca JOHN DEERE, Mod. 635, origen
República Argentina, serie N°:1J0635D-
BAG0115149, de 35 pies de ancho, en el estado
visto y que se encuentra. Sec. Ord. en autos:
“JOHN DEERE CREDIT c/ GRUPO FERNAN-
DEZ S.R.L. Y OTRO. s/ SEC. PREND. Expte.
3825/2020” Juz. Nac. 1° Inst. en lo Com. N° 7 a
cargo del Dr. D´Alessandro Fernando Gabriel –
Juez, Sec. N° 13 a cargo del Dr. Piñeiro Rodrigo:
Base U$S 250.000, de no haber ofertas acto se-
guido saldrá nuevamente a remate con una base
retasada de U$S 200.000 y en caso de reincidir
la falta de postores acto seguido saldrá a remate
sin base y al mejor postor, todo en el mismo
acto. Se deja constancia que se han inscripto las
siguientes inhibiciones generales de bienes de
GRUPO FERNANDEZ SRL. ante el Registro de
Nacional de la Propiedad Automotor y de Crédi-
tos Prendarios: 1) el 23/12/2019 inhibición orde-
nada en el marco de las actuaciones “GROSSO
TRACTORES S.A. C/ RIBOTTA OSCAR PE-
DRO. Y OTROS S/ JUICIOS EJECUTIVO (CUIJ
21-23172231-6)” en trámite ante el Juzgado de
1° Inst. de circuito judicial N° 16 de la Ciudad de
Ceres Provincia de Santa Fe; 2) el 23/12/2019
inhibición ordenada en los autos “MUTUAL EN-
TRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB
UNION CULTURAL Y DEPORTIVA SAN GUI-
LLERMO c/ GRUPO FERNANDEZ S.R.L. Y
OTROS s/ MED CAUT. ASEG. DE BIENES
(CUIJ 21-24195050-3)”; 3) inhibición ordenada
en los autos “BANCO CREDICOOP COOP
LTDO. C/ BIGRAIN SRL Y OTRO S/ JUICIO
EJECUTIVO (CUIJ 21-02002294-6”) en trámite
ante el Juz. de 1° inst. de distrito de la 3° nomi-
nación de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; 4)
28/11/2019 inhibición ordenada en los autos
“BOUVIER PABLO SEBASTIAN c/ GRUPO
FERNANDEZ S.R.L. s/ APREMIO POR COBRO
DE HONORARIOS (CUIJ 21-04781665-0)” en
trámite Juz. de 1° inst. de distrito N° 1 en lo lab.
de la 2° nominación de Santa Fe; 5) 28/11/2019
inhibición ordenada en los autos “BOUVIER PA-
BLO SEBASTIAN c/ GRUPO FERNANDEZ
S.R.L. s/ APREMIO POR COBRO DE HONO-
RARIOS (CUIJ 21-04781663-4)” en trámite ante
el Juz. de 1° Inst. de distrito N° 1 en lo laboral de
la 2° nominación de Santa Fe; 6) 19/12/2018 in-
hibición ordenada en los autos “LA SEGUNDA
COOPERATIVA DE SEGUROS GENERALES c/
GRUPO FERNANDEZ SRL y/u OTROS s/ EJE-
CUTIVO (CUIJ 21-02002076-5)” en trámite ante
el Juz. de 1° Inst. en lo Civ y Com de la 8va nom.
De Santa Fe; 7) 20/09/2019 inhibición ordenada
en los autos “BUYATTI RICARDO Y MARIO SO-
CIEDAD DE HECHO c/ GRUPO FERNANDEZ
S.R.L. s/ JUICIO EJECUTIVO (CUIJ 21-
020036782-6)” en trámite ante el Juz. de 1° inst.
de distrito civ. y com. De la 8va. Nom de Santa
Fe; 8) 20/09/2019 inhibición ordenada en los au-
tos “EQUIPAMIENTOS BOUNOUS S.A. c/ GRU-
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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 43
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE FEBRERO DE 2022
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JUDICIALES
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PO FERNANDEZ S.R.L y OTROS S/ COBRO
DE PESOS (CUIJ 21-02007535-7)”; 9)
24/07/2020 inhibición ordenada en los autos
“RED SURCOS S.A. c/ DOMINGO SAPINO
LTDA S.A. Y OTROS s/ JUICIO EJECUTIVO
(CUIJ 21-24195267-0)” en trámite ante el Juz. de
1° inst. de distrito civ y com. De la 2da. nom. de
Rafaela; 10) inhibición ordenada en los autos
ALBERTO MARCHIONI C/FERNANDEZ JULIO
CESAR S/QUIEBRA -hoy concurso-“ (CUIJ N°
21-02003908-3)” Los trámites del levantamiento
de la mismas (y/o de otras inhibiciones y/o em-
bargos que pudieran existir) serán a cargo del
comprador. Resto de condiciones: IVA de corres-
ponder se le adicionará al precio obtenido.-
Quien resulte comprador deberá abonar en el
acto el 10% de la compra con cheque a 10 días;
10% de comisión de ley al Martillero más IVA
con cheque a 10 días; y el saldo dentro de los 30
días, previa aprobación de la subasta, con trans-
ferencia o depósito bancario a JOHN DEERE
CREDIT CIA FINANCIERA S.A. - CUIT 30-
70702485-9, cta. cte. en pesos del Bco. Galicia y
Bs. As., Nº 7775/6 075/1, CBU:
0070075720000007775619, bajo apercibimien-
to de pérdida de lo abonado sin interpelación ni
noticación previa alguna a favor de la parte
vendedora. Los pagos se realizarán en pesos
tomando la cotización del Banco Nación Argen-
tina Divisas tipo vendedor del día hábil anterior
al del remate. Los gastos de transferencia de
dominio, levantamiento y cancelación de pren-
da, pago de tasas y gastos bancarios a cargo
del adquirente.- El comprador deberá presentar
el trámite de transferencia de dominio ante el
Registro de la Maquinaria Agrícola de Seccional
donde se encuentran radicados los bienes. Es-
tando los bienes en exhibición no se aceptará
reclamo alguno sobre su estado. Las unidades
se entregarán con vericación policial e informe
de dominio, el costo de los mismos estará a car-
go de los compradores. Posesión de la unidad:
Una vez cancelado el saldo del precio e inscripto
en el Registro correspondiente la transferencia
de dominio a nombre del comprador.- Subasta
sujeta a aprobación por parte de John Deere
Credit Cia. Financiera S.A.- Informes al Martille-
ro Daniel Pernigotti, en calle Buenos Aires 1034
Firmat (Sta Fe), Tel. 03465 425000, email: info@
danielpernigotti.com.ar.- La entidad se reserva
el derecho de admisión y permanencia.- Concu-
rrir sin excepción con documento de identidad y
constancia de CUIT.- La subasta se realizará al
aire libre y hace saber expresamente a todos los
interesados que al momento de asistir a la mis-
ma deberán cumplir en forma estricta con los
protocolos de distanciamiento mínimo, usar tapa
bocas, mentón y nariz correctamente, ingresar
individualmente al predio, y acatar todas las ac-
ciones preventivas y obligatorias que se imple-
mentarán en el ingreso al lugar donde se desa-
rrollará el acto de subasta. Todo lo que se publica
a efectos legales, 18 de febrero de 2022.
3 días - Nº 364765 - $ 31642,80 - 24/02/2022 - BOE
CONCURSOS Y QUIEBRAS
CAPITAL FEDERAL - “El Juzgado Nacional de
Primera Instancia en lo Comercial Nº 17 a cargo
del Dr. Guerri Federico Alberto, Secretaría Nº 33
a cargo del Dr. Trebino Figueroa, Rafael, sito en
M.T. Alvear 1840, 3º piso, de la C.A.B.A. comu-
nica por 5 días que en los autos “SOLUCION
EVENTUAL S.A. S/CONCURSO PREVENTIVO”
Expte. Nº 16799/2021 con fecha 21/12/2021
se ha declarado abierto el concurso preven-
tivo de SOLUCION EVENTUAL S.A. (CUIT
30707312315) en los que se designó como sin-
dicatura a: Salvador Antonio La Spina con domi-
cilio en Cerrito 1136, piso 9°, teléfono 48140204
ante quien los acreedores deberán presentar las
peticiones de vericación y los títulos justicati-
vos de sus créditos hasta el día el día 22/03/2022
al mail: do@estudiolorenti.com. Los informes
previstos en el art. 35 y 39 serán presentados
el 10/05/2022 y 24/06/2022 respectivamente. El
concursado presentará la propuesta de agrupa-
miento y clasicación de los acreedores hasta el
día 08/06/2022. El plazo para que la concursada
haga pública la propuesta de acuerdo preventivo
vence el día 16/11/2022. La audiencia informati-
va se llevará a cabo el 12/12/2022 a las 10 hs.
El período de exclusividad vence el 19/12/2022.
Buenos Aires, 3 de Febrero de 2022.” Firmado
por: Rafael Trebino Figueroa – Secretario.
5 días - Nº 364232 - $ 7504 - 24/02/2022 - BOE
Por disposición del Señor Juez de Primera Ins-
tancia en lo Civil y Comercial de Segunda No-
minación, Secretaría N° 3 de la ciudad de San
Francisco, se hace conocer la siguiente resolu-
ción dictada en los autos caratulados: “MACHA-
DO, ALEJANDRO JOSE – QUIEBRA PROPIA”.-
“SENTENCIA NÚMERO: 97. San Francisco,
Treinta de diciembre de dos mil veintiuno.- Y VIS-
TOS: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO:
1º) Declarar en estado de quiebra al Sr. Alejan-
dro José MACHADO, DNI Nº 28.565.271, CUIL
20-28565271-6, argentino, soltero, empleado,
nacido el 05 de febrero de 1981, hijo de José Ri-
cardo Machado y de Lilian María Johansen, de
estado civil soltero, con domicilio real en calle 9
de Julio Nº 3768 de la ciudad de San Francisco,
y constituyendo domicilio a los efectos procesa-
les en calle Ramón y Cajal Nº 133, de la ciudad
de San Francisco, ambos del Departamento San
Justo, Provincia de Córdoba.- 2°) Ociar al Re-
gistro General de la Provincia, y a los Registros
correspondientes, a los efectos de anotar la inhi-
bición general de bienes del fallido y la presente
quiebra en el Registro de Juicios Universales y
en el Registro previsto por el art. 295 de la ley
24.522.- 3°) Intimar al fallido y a los terceros que
tuvieren bienes del mismo, para que en el térmi-
no de cuarenta y ocho horas entreguen al Síndi-
co dichos bienes.- 4°) Intimar al fallido para que
dentro de los dos días de noticado entregue al
Síndico los libros de comercio y demás docu-
mentación relacionada con su contabilidad, si
los llevara.- 5°) Prohíbanse efectuar pagos al fa-
llido bajo apercibimiento de declararlos ineca-
ces.- 6°) Ociar a Correo Ocial de la República
Argentina S.A., Oca Postal, Andreani y Seprit, a
los efectos de interceptar la correspondencia del
fallido, la que será entregada al Síndico.- 7º) Pro-
cédase a efectuar las comunicaciones pertinen-
tes a la Policía Federal y de la Provincia de Cór-
doba a n de asegurar el cumplimiento del art.
103 de la Ley Concursal, prohibiéndose al fallido
salir del país sin autorización previa del Tribu-
nal, a cuyo n ofíciese a la Dirección Nacional
de Migraciones, Córdoba, conforme el Acuerdo
N° 534, serie “A”, de fecha 09/11/99 dictado por
el Tribunal Superior de Justicia, haciéndole sa-
ber a dicho organismo que la medida deberá ser
adoptada hasta que el tribunal ordene lo contra-
rio.- 8°) Designase la audiencia del día SIETE
DE FEBRERO DEL AÑO 2022 a las 9:30 horas,
para que tenga lugar la audiencia de designa-
ción de Síndico practicándose la designación
sobre la lista existente al día del sorteo. Notifí-
quese al Consejo Profesional de Ciencias Eco-
nómicas sin el requisito del art. 155 C.P.C..- 9°)
Fijase el día CINCO DE ABRIL DEL AÑO 2022
como plazo hasta el cual los señores acreedores
podrán solicitar al Síndico la vericación de sus
créditos.- 10º) Fijase el día DIECINUEVE DE
MAYO DEL AÑO 2022 para que el Sr. Síndico
presente el informe del art. 200 L.C..- 11°) Fijase
el día CINCO DE JULIO DEL AÑO 2022 para
que el señor Síndico presente el informe del art.
39 de la ley 24.522.- 12°) Ordenase la inmediata
realización de los bienes del fallido a cuyo n
hágase saber al Síndico que deberá proceder al
desapoderamiento de los bienes y papeles del
mismo, previo un detallado inventario, con in-
tervención del Ocial de Justicia o Juez de Paz
que corresponda. Oportunamente la Sindicatura
aconsejará la forma de realización, conforme al
art. 204 y siguientes de la ley 24.522, procedién-
dose a la designación por el Tribunal, del enaje-
nador correspondiente, según lo establecido por
el art. 88 inc. 9 y 10 y Art. 261 y concordantes
de la ley Concursal.- 13°) Requiéranse todas las
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CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE FEBRERO DE 2022
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JUDICIALES
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acciones judiciales iniciadas contra del fallido
por las que se reclaman derechos patrimonia-
les (art. 132 ley 24.522).- 14°) Notifíquese a la
Administración Federal de Ingresos Públicos,
Administración Nacional de Seguridad Social y
Dirección General de Rentas de la Provincia de
Córdoba.- 15°) Cumpliméntese por Secretaría el
art. 89 de la ley 24.522, debiendo la publicidad
efectuarse en el Boletín Ocial de la Provincia
sin necesidad de previo pago.- Protocolícese,
hágase saber, y confecciónese el legajo previsto
por el art. 279 de la ley 24.522.-” Firmado: Dr. To-
más Pedro CHIALVO - JUEZ.- NOTA: Se hace
saber que el Síndico designado en los presentes
autos, es el Contador Daniel Helder MORERO
quien ja domicilio en calle Bv. 9 de Julio Nro.
1061, de esta ciudad.- San Francisco, 16 de Fe-
brero de 2022.-
5 días - Nº 364062 - $ 15867,50 - 02/03/2022 - BOE
La Sra. Juez de Primera Instancia y Tercera No-
minación de la ciudad de Río Cuarto- Dra. Sele-
ne Carolina I. Lopez , en los autos ADMED
S.R.L. CONCURSO PREVENTIVO- EXPE-
DIENTE N° 8935745, hace saber que con fecha
09/02/2022 ha dictado la SENTENCIA NUME-
RO: 3. por la que ..SE RESUELVE: 1) Declarar la
quiebra indirecta de “ADMED. S.R.L.” inscripta en
el Protocolo de Contratos y Disoluciones del Re-
gistro Público de Comercio bajo la Matrícula
12706-B con fecha 20 de enero de 2010, con
domicilio y sede social en Pedernera 219, Ciu-
dad de Rio Cuarto, Provincia de Córdoba
(C.U.I.T. Nº 30-71116851-2). -2) Disponer que la
Sindicatura continúe siendo ejercida por el con-
tador Humberto José Gianello, con domicilio a
los efectos procesales en calle Buenos Aires
208, 4° piso depto. A, de esta Ciudad de Rio
Cuarto, de acuerdo a lo prescripto por el art. 253
inc. 7°, en su primera parte, de la L.C.Q. 3) Orde-
nar la anotación de la presente declaración de
quiebra en el Registro de Juicios Universales y
en el Registro Público de Comercio de la Provin-
cia de Córdoba, debiendo disponerse en el últi-
mo organismo citado la anotación de la inhabili-
tación de la persona jurídica y del socio-gerente,
Sr. Guillermo Rubén Alvarez (DNI N°17.361.041)
en el marco de los arts. 234, 236, y 238 de la
L.C.Q.; a cuyo n, líbrense los ocios pertinen-
tes con el recaudo del art. 273 inc. 8° id. 4) Orde-
nar la inscripción de la inhibición general de la
fallida, no sujeta a caducidad automática, y la
anotación de la indisponibilidad de los bienes
registrables de aquélla, medidas que no debe-
rán ser levantadas sin la autorización del Juez
de la quiebra; a cuyo n ofíciese al Registro Ge-
neral de la Provincia y a los Registros Naciona-
les de la Propiedad Automotor y de Motovehícu-
los de Córdoba, como así también al Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos -Dirección Na-
cional de los Registros Nacionales de la Propie-
dad Automotor y de Créditos Prendarios- sito en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; con la
prevención del art. 273 inc. 8° de la L.C.Q. 5)
Ordenar la inmediata incautación de los bienes y
papeles de la fallida en la forma prevenida por
los arts. 177 y 107 de la L.C.Q., y la toma de
posesión de los mismos bajo inventario y con los
requisitos del art. 177, inc. 2°, id. a cuyo n líbre-
se ocio al Sr. Ocial de Justicia. 6) Ordenar el
bloqueo de las cuentas corrientes y/o cajas de
ahorro y/o cuentas de depósito bancario de
cualquier tipo abiertas a nombre de “ ADMED
S.R.L.” – CUIT 30-71116851-2 y la transferencia
de la totalidad de los fondos que existan deposi-
tados a la Cuenta Judicial Nº Cuenta: 302
/2685300 abierta en la Sucursal Tribunales del
Banco Provincia de Córdoba para estos autos y
a la orden de este Tribunal. Asimismo, corres-
ponde ordenar el bloqueo de las cajas de segu-
ridad que existieren a nombre de la fallida de-
biendo informarse el nombre de cotitulares si los
hubiere. A cuyo n, líbrese ocio al Banco Cen-
tral de la República Argentina para hacerle sa-
ber la declaración de la presente falencia y re-
querirle comunique a todas las entidades
nancieras del país lo aquí dispuesto para que
en caso de existir informe positivo (cuentas
abiertas con fondos) informe inmediatamente su
existencia proceda al bloqueo y remisión de los
mismos a la cuenta mencionada. 7) Noticar a la
Sindicatura para que, dentro del término de cua-
renta y ocho horas de efectuada la incautación
de bienes de la fallida, informe al Tribunal sobre
la mejor forma de realización de los mismos, de-
biendo atenerse dicho funcionario a lo prescripto
por los arts. 203 y 204 de la Ley N° 24.522. 8)
Intimar a la sociedad fallida para que, dentro del
término de cuarenta y ocho horas, entregue a la
Sindicatura los libros de comercio y demás do-
cumentación relacionada con la contabilidad
(art. 88, inc. 4°, id.). Asimismo, intímase a los
administradores sociales para que, dentro de las
cuarenta y ocho horas, constituyan domicilio
procesal en el lugar de tramitación del juicio,
bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en
los estrados del Juzgado (art. 88 inc. 7° id.). 9)
Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier na-
turaleza, haciéndose saber a los terceros que
los perciban que los mismos serán inecaces de
pleno derecho (art. 88, inc. 5°, L.C.Q.). 10) Orde-
nar a la fallida y a los terceros que posean bie-
nes de la misma que, dentro del plazo de veinti-
cuatro horas, hagan entrega de aquellos a la
Sindicatura, bajo apercibimiento. 11) Librar ex-
hortos a los nes previstos por el art. 132 de la
L.C.Q. (según texto de los arts. 4 y 7 de la Ley N°
26.086) a los Juzgados donde tramiten juicios
de contenido patrimonial contra la fallida (vg.
ejecutivos) a los nes de su remisión a este Tri-
bunal concursal; informando asimismo sobre la
existencia de fondos embargados y depositados
en dichas causas para, en caso armativo,
transferir dichas sumas a la orden de este Juz-
gado y para el proceso quebratorio. 12) Librar
Ocios a la Dirección Superior de Policía de Se-
guridad Aeroportuaria -Subintervención de
Asuntos Jurídicos- sita en el Aeropuerto Interna-
cional de Ezeiza “Ministro Pistarini”, Provincia de
Buenos Aires C.C. 11/C.P. 1802, Unidad Opera-
cional de Seguridad Preventiva de Córdoba
(U.O.S.P.), Dirección Nacional de Migraciones,
Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Na-
cional a los nes de que tomen razón de la pro-
hibición de ausentarse del país -sin autorización
judicial- del socio gerente Sr. Guillermo Rubén
Alvarez(D.N.I. N°17.361.041) en los términos del
art. 103 L.C.Q, hasta el 15/04/2022. Librar ocio
a la Dirección Nacional de Aduanas a n de que
impida la salida del ámbito del Territorio Nacio-
nal de los bienes de la fallida. 13) Ordenar la in-
terceptación de la correspondencia dirigida a la
sociedad fallida, a cuyo n líbrense los ocios
pertinentes haciendo saber que la correspon-
dencia epistolar y telegráca deberá ser remitida
a este Tribunal para su posterior entrega a la
Sindicatura (art. 114, L.C.Q.). 14) Establecer que
los acreedores por causa o título posterior a la
presentación en concurso preventivo y anterior a
este resolutorio, materialicen su vericación de
crédito, en los términos del art. 202 id., por no
ser el presente uno de los supuestos previstos
por el art. 88, último párrafo, del cuerpo legal ci-
tado. 15) Fijar como fecha para que el Síndico
presente informe general actualizado (art. 39
L.C.Q.), el día quince de abril de dos mil veinti-
dos (15/04/2022), debiendo el funcionario en di-
cha oportunidad proceder en los términos del
art. 202, in ne, de la L.C.Q. procediendo al re-
cálculo de créditos de los acreedores que ya
hubiesen obtenido vericación en el concurso
preventivo. 16) Diferir el nombramiento de enaje-
nador para la oportunidad en que se efectivice la
incautación por el funcionario sindical y haya
opinado éste sobre la mejor forma de realización
del activo de la falencia (inc. 9° del art. 88
L.C.Q.). 17) Publicar edictos por cinco días en el
Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba, sin
previo pago (art. 89, 3° párrafo, L.C.Q.). 18) No-
ticar a la Dirección General de Rentas de la
Provincia de Córdoba la declaración de la pre-
sente quiebra, a n de que informen si guran
denunciados bienes en esas reparticiones y
como pertenecientes a la fallida, a cuyo n ofí-

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