: 9626 de 17 de Junio de 2009

Fecha de la disposición17 de Junio de 2009
BOLETÍN OFICIALCÓRDOBA, 23 de junio de 2009
AÑO XCVII - TOMO DXXXIII - Nº 115
CORDOBA, (R.A.) MARTES 23 DE JUNIO DE 2009
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SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
P
oder
L
egislativo
Modifican Radio Municipal de Monte Buey y Villa General Belgrano
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 9625
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Radio Munici-
pal de la localidad de Monte Buey, ubicada en el
Departamento Marcos Juárez de esta Provincia
de Córdoba, de conformidad a lo establecido por
el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano
confeccionado por la citada Municipalidad el que,
como Anexo I, forma parte integrante de la presente
Ley, de acuerdo a la descripción de los siguientes
polígonos:
POLÍGONO “A” (Área Urbana), formado por los
siguientes tramos:
Lado A-B: de seiscientos cincuenta y tres metros
con treinta y nueve centímetros (653,39 m) que
se extiende con rumbo Noroeste sobre el
alambrado existente, desde el Vértice A
(X=6357838,0170 - Y=4549875,2570) que es
el punto de inicio del Polígono y se encuentra
ubicado en un poste esquinero en la intersección
de la línea municipal Oeste de calle pública y la
línea municipal Sudoeste de la Ruta Provincial
Nº 6, hasta el Vértice B (X=6358342,8060 -
Y=4549460,4030) que es el punto de quiebre
del alambrado antes mencionado.
Lado B-C: de ochenta y seis metros con noventa
centímetros (86,90 m) que se prolonga con dirección
Noroeste hasta el Vértice C (X=6358392,5976 -
Y=4549389,1800), ubicado en la intersección de
la línea municipal Sudoeste de la Ruta Provincial
Nº 6 y una línea imaginaria paralela a setecientos
un metros (701,00 m) de la línea municipal Oeste
de calle Enrique Cherri.
Lado C-D: de cuatrocientos cuarenta y ocho
metros con noventa y dos centímetros (448,92 m)
desarrollando una trayectoria Noreste hasta el
Vértice D (X=6358831,5363 - Y=4549483,3254),
ubicado en la intersección de la línea imaginaria
paralela a setecientos un metros (701,00 m) de la
DEPARTAMENTO MARCOS JUÁREZ DEPARTAMENTO CALAMUCHITA
línea municipal Oeste de calle Enrique Cherri y la
prolongación imaginaria de la línea municipal Norte
de calle 25 de Mayo.
Lado D-E: de doscientos veinticuatro metros con
cincuenta centímetros (224,50 m) que se proyecta
con rumbo Sudeste hasta el Vértice E
(X=6358784,5014 - Y=4549702,8398), ubicado
en la intersección de la prolongación imaginaria de
la línea municipal Norte de calle 25 de Mayo y la
línea imaginaria paralela a cuatrocientos setenta y
siete metros (477,00 m) al Oeste de calle Enrique
Cherri.
Lado E-F: de un mil doscientos dieciocho metros
con cuarenta y un centímetros (1.218,41 m) que
corre con rumbo Noreste hasta el Vértice F
(X=6359975,8189 - Y=4549958,3583), sito en la
intersección de la línea imaginaria paralela a
cuatrocientos setenta y siete metros (477,00 m) al
Oeste de calle Enrique Cherri y el alambrado
existente sobre la línea municipal Norte del camino
vecinal con dirección Este-Oeste.
Lado F-G: de dos mil ciento noventa metros con
treinta y nueve centímetros (2.190,39 m) que se
extiende con rumbo Sudeste hasta el Vértice G
(X=6359518,9420 - Y=4552100,5658), que se
encuentra en la intersección de la línea municipal
Norte del camino vecinal con la línea municipal
Este de otro camino vecinal, con dirección Sur-
Norte.
Lado G-H: de un mil trescientos treinta y ocho
metros con veintiocho centímetros (1.338,28 m)
que se extiende con rumbo Sudoeste hasta el
Vértice H (X=6358209,8002 - Y=4551822,8164),
situado en la intersección de la línea imaginaria
paralela a trescientos cuarenta metros (340,00 m)
al Este de la línea municipal Este de calle Chacabuco
y la línea imaginaria paralela a doscientos metros
(200,00 m) al Norte de la línea municipal Noreste
de Ruta Provincial Nº 6.
Lado H-I: de dos mil doscientos setenta y cinco
metros con cincuenta y tres centímetros (2.275,53
m) que se extiende con dirección Sudeste hasta el
Vértice I (X=6357740,8739 - Y=4554049,5102),
que es el punto de quiebre de la línea imaginaria
paralela a doscientos metros (200,00 m) al Norte
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LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 9626
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Radio Mu-
nicipal de la localidad de Villa General
Belgrano, ubicada en el Departamento
Calamuchita de esta Provincia de Córdoba,
de conformidad a lo establecido por el artículo
4º de la Ley Nº 8102, según el plano
confeccionado por la citada Municipalidad el
que, como Anexo I, forma parte integrante de
la presente Ley, conformando un polígono que
responde a la siguiente descripción:
Lado 1-2: de setecientos cuarenta y ocho
metros con veinte centímetros (748,20 m) que
se extiende con rumbo Sudeste desde el
Vértice Nº 1 (X=6466930,74 - Y=4347932,27),
punto de inicio del polígono, definido por la
intersección de la proyección del costado
Sudoeste de la Parcela 2524-3055 con el eje
del Río de Los Reartes, hasta llegar al Vértice
Nº 2 (X=6466272,89 - Y=4348288,72) ubicado
en el vértice Noroeste de la Parcela 2524-
2853.
Lado 2-3: de dos mil trescientos once metros
con treinta centímetros (2.311,30 m) que se
prolonga con dirección Sudoeste hasta
alcanzar el Vértice Nº 3 (X=6463999,43 -
Y=4347872,85), ubicado en la intersección de
la proyección del costado Oeste de la Parcela
2524-2353 con el eje del Camino de la Red
Secundaria Provincial S-210 que va a Atos
Pampa.
Lado 3-4: de nueve mil siete metros (9.007,00
m) que corre con sentido Noreste por el eje
del Camino de la Red Secundaria Provincial
S-210 que va de Atos Pampa a El Crucero,
hasta encontrar el Vértice Nº 4 (X=6465210,38
- Y=4355573,48), ubicado en la intersección
de la proyección del eje de este camino con el
costado Este de la Ruta Provincial Nº 5.
Lado 4-5: de ciento noventa y un metros con
diez centímetros (191,10 m) que se proyecta
con rumbo Noreste por el costado Este de
Ruta Provincial Nº 5 hasta el Vértice Nº 5
(X=6465390,43 - Y=4355637,60), ubicado
en el vértice Sudoeste de la Parcela 2524-
2590.
Lado 5-6: de dos mil doscientos setenta y
ocho metros con diez centímetros (2.278,10
m) que se extiende con rumbo Sudeste hasta
el Vértice Nº 6 (X=6464704,57 -
Y=4357809,96), ubicado en el vértice Sudeste
de la Parcela 2524-2590.
Lado 6-7: de diez mil ochocientos ochenta y
seis metros con noventa centímetros
(10.886,90 m), siguiendo rumbo en general
hacia el Sudoeste en líneas quebradas que
se extienden por el límite Oeste de las Parcelas
2524-1895 y 2524-1304; por el límite Este de
las Parcelas 2524-1386, 2524-1085, 2524-
0686 y 2524-0586; por el límite Oeste de la
Parcela 2524-0394 y por el límite Este de las
Parcelas 2542-4989, 2542-4582 y 2542-
4382, hasta llegar al Vértice Nº 7
(X=6455259,07 - Y=4356447,30), ubicado en
el vértice Sudeste de la Parcela 2542-4382.
Lado 7-8: de tres mil cuatrocientos setenta y
seis metros con cuarenta centímetros (3.476,40
m) que siguiendo rumbo Noroeste se
corresponde con el límite Sur de la Parcela
2542-4382 hasta llegar al Vértice Nº 8
(X=6455974,90 - Y=4353045,41), ubicado
sobre el eje de Ruta Provincial Nº 5 en la
proyección del límite Sur de la Parcela 2542-
4382, sobre el eje de dicha ruta.
Lado 8-9: de un mil treinta y tres metros con
cincuenta centímetros (1.033,50 m) que se
proyecta con rumbo Noroeste por el límite
Norte del Loteo Villa Cerro de Oro hasta
alcanzar el Vértice Nº 9 (X=6456143,46 -
Y=4352025,78), ubicado en la intersección de
la proyección del límite Norte del citado loteo
con el eje del Arroyo El Sauce.
Lado 9-10: de setecientos once metros con

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