: 9628 de 17 de Junio de 2009

Fecha de la disposición17 de Junio de 2009
BOLETÍN OFICIALCÓRDOBA, 19 de junio de 2009
AÑO XCVII - TOMO DXXXIII - Nº 113
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 19 DE JUNIO DE 2009
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SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 9628
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Radio Comunal de la localidad de Villa Ciudad Parque Los
Reartes, ubicada en el Departamento Calamuchita de esta Provincia de Córdoba, de conformidad
a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano confeccionado por la citada
Comuna el que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la
descripción del siguiente polígono:
Lado 1-2: de quince mil setecientos tres metros con ochenta centímetros (15.703,80 m), línea
que se corresponde en parte con el eje del Río del Medio y en parte con el perilago del
Embalse Los Molinos, que se inicia en el Vértice Nº 1 (X=6472407,87 - Y=4352548,12), punto
de inicio del polígono, definido por la intersección del eje del Río del Medio con el eje del Río de
Los Reartes, extendiéndose con rumbo general hacia el Noreste hasta llegar al Vértice Nº 2
(X=6479287,49 - Y=4357701,96), ubicado en la intersección del eje del Río Los Molinos con el
paredón del Embalse Los Molinos.
Lado 2-3: de siete mil seiscientos noventa y un metros con cincuenta centímetros (7.691,50 m)
que se prolonga con rumbo general hacia el Sudeste hasta alcanzar el Vértice Nº 3
(X=6476162,49 - Y=4358440,58), ubicado en la intersección del eje del Río Los Molinos con la
proyección del límite Noroeste de la Parcela 2611-0902.
Lado 3-4: de cinco mil ciento treinta y un metros con sesenta centímetros (5.131,60 m) que se
proyecta en dirección general Sur, hasta encontrar el Vértice Nº 4 (X=6472062,37 -
Y=4357958,65), siendo este punto el vértice Sudoeste de la Parcela 2611-0101.
Lado 4-5: de siete mil doscientos setenta y siete metros con setenta centímetros (7.277,70 m)
que se proyecta con dirección en general hacia el Sudeste por el límite Este de las Parcelas
2524-5190, 2524-5385, 2524-4992, 2524-4892, 2524-4792, 2524-4596, 2524-4490, 2524-
4391, 2524-4293, 2524-4194, 2524-4192, 2524-4093, 2524-3992, 2524-3793, 2524-3594 y
2524-3492, hasta llegar al Vértice Nº 5 (X=6467321,23 - Y=4358904,51), ubicado en el vértice
Noroeste de la Parcela 2613-2905.
Lado 5-6: de tres mil nueve metros con diez centímetros
(3.009,10 m) que siguiendo el rumbo hacia el Sur por el límite Este de las Parcelas 2524-
3492, 2524-3390, 2524-3192, 2524-3092, 2524-2992, 2524-2790 y 2524-2590, se extiende
hasta el Vértice Nº 6 (X=6464704,57 - Y=4357809,96), que se encuentra en el extremo
Sudeste de la Parcela 2524-2590.
Lado 6-7: de dos mil doscientos setenta y ocho metros con diez centímetros (2.278,10 m) que
se prolonga con sentido Noroeste hasta arribar al Vértice Nº 7 (X=6465390,43 - Y=4355637,60),
ubicado sobre el costado Este de Ruta Provincial Nº 5 en su intersección con el límite Sur de la
Parcela 2524-2590.
Lado 7-8: de ciento noventa y un metros con diez centímetros (191,10 m) que con dirección
al Sudoeste llega hasta el Vértice Nº 8 (X=6465210,37 - Y=4355573,48), ubicado sobre el
costado Este de Ruta Provincial Nº 5, en su intersección con la proyección del eje del camino
público que va de El Crucero a Athos Pampa.
Lado 8-9: de un mil seiscientos sesenta y siete metros con ochenta centímetros (1.667,80 m)
que se prolonga con rumbo Oeste hasta alcanzar el Vértice Nº 9 (X=6465591,61 -
Y=4353949,84), sito en la intersección del eje del camino público que va desde El Crucero a
Athos Pampa con el eje del camino público que lleva a La Falda de San Lorenzo.
Lado 9-10: de un mil doscientos cincuenta y tres metros (1.253,00 m) que corre con rumbo
Norte sobre el eje del camino público que va a La Falda de San Lorenzo hasta arribar al
Vértice Nº 10 (X=6466842,19 - Y=4354010,78), ubicado en la intersección de la proyección
del límite Norte de la Parcela 2524-2890, sobre el eje del camino público que va a La Falda de
San Lorenzo.
Lado 10-11: de quinientos ochenta y nueve metros (589,00 m) continuando con rumbo Norte
por el eje del camino público que va a La Falda de San Lorenzo hasta llegar el Vértice Nº 11
(X=6467422,17 - Y=4354113,47), que se encuentra en la intersección de la proyección del
límite Sur de la Parcela 2524-3283 con el eje del camino público que va a La Falda de San
Lorenzo.
Lado 11-12: de ochocientos treinta y cinco metros con cincuenta centímetros (835,50 m) que
con rumbo Norte llega hasta el Vértice Nº 12 (X=6468251,00 - Y=4354218,59), ubicado en la
intersección de la proyección del eje del camino público que va a La Falda de San Lorenzo con
el límite Norte de la Parcela 2524-3581.
Lado 12-13: de seiscientos cincuenta y cinco metros con treinta centímetros (655,30 m) que
con dirección Oeste sigue por el límite Norte de las Parcelas 2524-3581 y 2524-3776 (parte)
hasta llegar al Vértice Nº 13 (X=6468438,49 - Y=4353590,64), ubicado en la esquina Sudeste
del Loteo “Villa Galicia”.
Lado 13-14: de cuatrocientos cuarenta metros con diez centímetros (440,10 m) que se extiende
con rumbo Norte hasta alcanzar el Vértice Nº 14 (X=6468863,52 - Y=4353704,99), ubicado en
la esquina Noreste del Loteo “Villa Galicia”.
Lado 14-15: de dos mil ciento nueve metros con ochenta centímetros (2.109,80 m) que corre
con sentido Oeste siguiendo por el límite Norte del Loteo “Villa Galicia” hasta alcanzar el Vértice
Nº 15 (X=6469375,85 - Y=4351658,37), ubicado en la intersección de la proyección del límite
Norte del loteo citado con el eje del Río de Los Reartes.
Lado 15-1: de tres mil quinientos setenta y dos metros con veinte centímetros (3.572,20 m)
que sigue con rumbo en general Norte, en una línea quebrada, por el eje del Río de Los
Reartes hasta su intersección con el eje del Río del Medio, llegando al Vértice Nº 1 cerrando así
el polígono.
La superficie total del Radio Comunal de Villa Ciudad Parque Los Reartes es de seis mil
cuatrocientas ochenta y siete hectáreas, seis mil seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados
(6.487 has, 6.643,00 m2).
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE
CÓRDOBA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
HÉCTOR OSCAR CAMPANA
VICEGOBERNADOR
PRESIDENTE
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
P
oder
E
jecutivo
Decreto Nº 797 Córdoba, 17 de Junio de 2009
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9628 cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese, en
el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
P
oder
L
egislativo

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