Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Diciembre de 2009, P. 370. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 370. XLV.

Peugeot Citroen Argentina SA c/ EN - DGA - resol.

885/04 (expte.

412.794/99) s/ Dirección General de Aduanas.

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2009 Vistos los autos: "Peugeot Citroen Argentina SA c/ EN - DGA - resol. 885/04 (expte. 412.794/99) s/ Dirección General de Aduanas".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L.;- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General de Aduanas, represen- tada por el Dr. J.;Manuel Seitz. Traslado contestado por: la actora Peugeot Citroen Argentina SA, representada por el Dr. M.;Romero Zapiola.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 5.

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