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EmisorOsep
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2009

RESOLUCIÓNNº2.290Mendoza, 18 de diciembre de 2009Visto: el expediente Nº 011946-G-2009, caratulado:“Gerencia de Auditoría y Control de Gestión Propuesta Cobertura Audífonos”, yCONSIDERANDO:Que mediante el citado expediente la Gerencia de Auditoría y Control de Gestión, la Dirección de Atención de la Salud y la Dirección de Servicios Administrativos elevan a consideración la propuesta, para acceder a la cobertura de provisión de audífonos para afiliados a la Obra Social.Que la Obra Social mantiene desde larga data un procedimiento de entrega de subsidios, con un valor determinado para aplicar a la compra de audífonos con la previa presentación de documentación y el cumplimiento de determinados requisitos que fueron regulados por Resolución del H. Directorio Nº 1243-2006.Que la última actualización sobre el monto del subsidio para provisión de audífonos se realizó en el año 2007, mediante Resolución del H. Directorio OSEP Nº 1749.Que es conveniente realizar un nuevo análisis general del procedimiento y producir las revisiones del mismo, siendo necesario determinar, según el grado y tipo de hipoacusia que se presenta en menores y adultos, criterios y valores diferenciales y asimismo dar prioridad a las personas con discapacidad.Por ello;y atento a las facultades conferidas por el Artículo 40º de la Ley Nº 4373/63 y sus modificatorias.EL H. DIRECTORIODE LA OBRA SOCIALDE EMPLEADOS PÚBLICOSRESUELVE:Artículo 1º - La Obra Social entregará mensualmente un cupo máximo de hasta 30 equipos de audioprótesis (audífonos), a los afiliados que lo soliciten y que cumplan con los siguientes requisitos:• Documentación personal: (Fotocopia del Documento Nacional de Identidad),• Constancia de Afiliación (Fotocopia del carnet de afiliación y del bono de sueldo)• Solicitud del médico especialista (otorrinolaringólogo) que detalle el diagnóstico y breve historia clínica.• Estudios complementarios pertinentes: Audiometría: (realizada dentro de los tres últimos meses), Logoaudimetría o estudios de discriminación del habla u otrosArtículo 2º - La cobertura de los equipos de audioprótesis (audífonos) será otorgada por medio de subsidios, con cargo a rendir cuenta, según el siguiente detalle:Artículo 3º - Los equipamientos bilaterales se otorgarán previa autorización de Auditoría Fonoaudiológica a menores de 18 (dieciocho) años. Para el resto de las personas no comprendidas en este rango se les otorgará el subsidio correspondiente a un (1) solo audífono.Artículo 4º -Accederán al cupo...

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