Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Diciembre de 2009, S. 377. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 377. XLV.

S., F.;José s/ lesiones graves y lesiones culposas en concurso ideal.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2009 Vistos los autos:

"S., F.J. s/ lesiones graves y lesiones culposas en concurso ideal".

Considerando:

Que el recurso extraordinario concedido no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (artículo 14 de la ley 48).

Por ello, se rechaza el recurso extraordinario. Con costas. N. y devuélvase. R.;LUIS LORENZETTI - ELENAI.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.;MAQUEDA (según su voto)- CARMEN M. ARGIBAY (según su voto).

ES COPIA VO-1-

S. 377. XLV.

S., F.;José s/ lesiones graves y lesiones culposas en concurso ideal.

TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES D.;JUAN CARLOSM. Y DOÑA CARMEN M. ARGIBAY Considerando:

Que el recurso extraordinario concedido es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se rechaza el recurso extraordinario, con costas. N. y devuélvase. JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por F.J.S., asistido por los doctores M.;A. Dilassio y P.;Daniel D'Amato.

Traslado contestado por C.;Ruiz Núñez, apoderado de la víctima.

Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán.

Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara en lo Penal de San Miguel de Tucumán, S.;IV. -3-

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