Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Noviembre de 2009, C. 1700. XLIII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
C. 1700. XLIII.
Colegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social de Entre Ríos c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/ amparo.
Buenos Aires, 24 de noviembre de 2009 Vistos los autos: AColegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social de Entre Ríos c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/ amparo@.
Considerando:
Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.
280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.
Con costas.
N. y devuélvase.
R.L.L.;- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.
ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Colegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social de Entre Ríos, con la representación del Dr. J.R.;Petric.
Traslado contestado por el Estado Nacional, representado por el Dr. F.;AlfredoS..
Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Paraná. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 1 de Paraná. -1-
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Agosto de 2011, C. 1700. XLIII
...C. 1700. XLIII. Colegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/ amparo. Hoy ejecución de sentencia. Buenos Aires, 23 de agosto de 2011 Autos y Vistos: En atención a la labor desarrollada a fs. 190/193, teniendo en cuenta el mérito,......
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