Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Noviembre de 2009, C. 1700. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 1700. XLIII.

Colegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social de Entre Ríos c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/ amparo.

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2009 Vistos los autos: AColegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social de Entre Ríos c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/ amparo@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L.;- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Colegio de Escribanos de Entre Ríos y Caja Notarial de Acción Social de Entre Ríos, con la representación del Dr. J.R.;Petric.

Traslado contestado por el Estado Nacional, representado por el Dr. F.;AlfredoS..

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Paraná. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 1 de Paraná. -1-

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