Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Noviembre de 2009, M. 4. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 4. XLV.

Manufactura Algodonera Argentina S.A. s/ quiebra verificación tardía de Frías, R.F. y otra - rec. de inconstituc. - rec. casac.

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2009 Vistos los autos: AManufactura Algodonera Argentina S.A. s/ quiebra verificación tardía de Frías, R.;Fidela y otra - rec. de inconstituc. - rec. casac.@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario interpuesto es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario.

Con costas (art. 68, primer párrafo, del código citado). N. y, oportunamente, devuélvase. R.;LUIS LORENZETTI -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI -J.;CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por R.;Fidela Frías y P.;Rosa Ludueña, representadas por la Dra. A.;María Pérez del Viso, con el patrocinio del Dr. E.;Aníbal Costanzo.

Traslado contestado por Manufactura Algodonera Argentina S.A., representada por el Dr. C.;Alberto Fermoselle y por señor el Procurador General de la provincia de San Luis, Dr. F.;Oscar Estrada.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de San Luis.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral n1 1 de San Luis. -1-

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