Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Noviembre de 2009, C. 505. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 505. XLV.

C., R.;Miguel s/ recurso de casa- ción.

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2009 Vistos los autos: A., R.;Miguel s/ recurso de casación@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario concedido, resulta inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se lo declara improcedente. Con costas. N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOSM.;- E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Dr. A.A.A.S., defensor particular a cargo de la defensa del recurrente R.;Miguel Cavallo.

Traslado contestado por R.;Omar Plée, F. General de Casación Penal.

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. -1-

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