Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Noviembre de 2009, O. 198. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 198. XLIII.

RECURSO DE HECHO Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación c/ Estado Nacional -Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicio- Servicio Geológico Minero Argentino.

Buenos Aires, 3 de noviembre de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el Estado Nacional -MINPLAN en la causa Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación c/ Estado Nacional - Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicio- Servicio Geológico Minero Argentino@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se rechaza la presentación directa. N. y archívese.

R.L.L. -E.S.P.;- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional -Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicio Geológico Minero Argentino, representado por la Dra.

S.E.P.; con el patrocinio letrado del Dr. W.;FernandoK..

Tribunal de origen: Cámara Federal de la Seguridad Social, S.;II.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N1 7.

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