Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Octubre de 2009, P. 316. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 316. XLV.

RECURSO DE HECHO Parra de F., C. y otros c/ Alpini de M., L.H. y otros s/ resolución de contrato.

Buenos Aires, 20 de octubre de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa P. de F., C. y otros c/ Alpini de Mattei, Lidia Haydée y otros s/ resolución de contrato@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las apelantes no han cumplido adecuadamente con el recaudo previsto por el artículo 7°, inciso c, del reglamento aprobado por acordada 4/2007.

Por ello, se rechaza la presente queja y se da por perdido el depósito. N. y archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI -J.;CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por G.;Fidalgo, P.;Fidalgo y C.P., actoras en autos, representadas por la Dra. D.;Marta Albergoli, con el patrocinio del Dr. M.;Mourrut de B..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala B.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 46. -1-

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