Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Octubre de 2009, B. 1091. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 1091. XLIII.

B., R. c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986.

Buenos Aires, 20 de octubre de 2009 Vistos los autos: "B., R. c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L.;- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Banco Francés S.A., representado por el Dr. N.;Alfredo Bechelli, en calidad de apoderado.

Traslado contestado por la parte actora, R.B., letrado en causa propia.

Tribunal de Origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n1 6. -1-

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