Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Octubre de 2009, C. 828. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N1 828. XLIV.

S., M. N. s/ incidente de familia.

Buenos Aires, 20 de octubre de 2009 Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por el señor Defensor Oficial ante esta Corte, y oída la señora Procuradora Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones la justicia de la provincia de Buenos Aires. Remítanse las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia de dicha jurisdicción a fin de que asigne el expediente al tribunal de familia con jurisdicción en el lugar de residencia del causante.

H. saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n1 84 y al Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia n1 3 del Departamento Judicial de Morón, provincia de Buenos Aires. R.;LUIS LOREN- ZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN C.;MAQUEDA.

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