Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Octubre de 2009, G. 307. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 307. XLV.

RECURSO DE H.G., A.;Nemecio s/ lesiones culposas Ccausa n° 326/07C.

Buenos Aires, 6 de octubre de 2009 Vistos los autos:

ARecurso de hecho deducido por A.N.;González en la causa González, Abel Nemecio s/ lesiones culposas Ccausa n° 326/07C@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso de queja no cumple con el requisito establecido en el art. 5° del reglamento aprobado por acordada 4/07.

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAULZ. (según su voto)- CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA VO-1-

G. 307. XLV.

RECURSO DE H.G., A.;Nemecio s/ lesiones culposas Ccausa n° 326/07C.

TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E. RAUL ZAFFA-R..

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por A.;Nemecio González, representado por el Dr. M.;Arturo Iglesias y patrocinado por el Dr. A.;César Goldstraj.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Penal n° 1 de Posadas, provincia de Misiones. -3-

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