Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Septiembre de 2009, B. 2119. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 317. XLV.

B. 2119. XL.

RECURSO DE HECHO B., E. y otro c/ Butta, S.;Flo- rangel s/ ejecución hipotecaria.

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2009 Vistos los autos: A., E. y otro c/ Butta, S.F. s/ ejecución hipotecaria@.

Considerando:

Que habida cuenta de que a fs. 364 la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, al revocar la resolución de primera instancia de fs. 323, ordenó aplicar al caso la ley 26.167, resulta inoficioso que esta Corte se expida respecto de las cuestiones planteadas en el recurso extraordinario de fs. 99/106, cuya denegación dio origen a la queja B.2119.XL, vinculadas con la constitucionalidad y aplicación de las normas sobre pesificación.

Que en cuanto a las críticas efectuadas en el recurso extraordinario de fs. 393/401, concedido a fs. 411, dado que la citada solución adoptada por la alzada se fundó en que los actores se habían allanado a la aplicación del mecanismo previsto por la mencionada ley 26.167, en los términos de la doctrina establecida en el precedente "R." (Fallos:

330:855; fs.

360), no corresponde apartarse de la tasa de interés prevista por el art. 6° de dicha norma, más aún cuando se encuentra en juego la vivienda única y familiar de la deudora.

Por lo expresado, y resultando inoficioso que dictamine el señor Procurador General, se declara inoficioso el pronunciamiento en la queja B.2119.XL., formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por la ejecutada a fs. 393/401 y, con el alcance indicado, se modifica la sentencia de fs.

387 en cuanto a que debe aplicarse al caso la tasa de interés prevista por el art. 6° de ley 26.167.

Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado atento a la forma en que se decide y a la naturaleza de las cuestiones propuestas.

N., reintégrese el depósito de fs.

31 de la

queja B.2119.XL, archívese el recurso de hecho y vuelvan los autos al tribunal de origen para que se cumpla con el trámite previsto por la ley 26.167. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I.

HIGHTON de N.;- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA Recursos de hecho y extraordinario interpuestos por S.;Florangel Butta, deman- dada en autos, patrocinada por el Dr. E.;Enrique Seijas.

Traslado contestado por E.B., N.C.S., E.N.B., M.;Leonardo Macor, M.;Elizabeth Louison, M.;Alejandra Russo, R.;Palmero y E.;Susana Beck, actores en autos, representados por el Dr. F.;Luis Valls, patrocinados por el Dr. G.;Agustín Arrom.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala K.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 41.

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